Villaseco de los Gamitos sustituye al CRA El Tomillar de Villa de Peralonso

La Consejería de Educación de la Junta cambia la titularidad para el próximo curso, aunque acogerá a los mismos municipios como Cipérez, Encina de San Silvestre, Iruelos, Santo, Santa María de Sando y Villaseco de los Gamitos

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La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León cambiará la cabecera de varios colegios rurales agrupados, entre ellos El Tomillar, de titularidad en Villar de Peralonso, pero que ahora parará a la localidad de Villaseco de los Gamitos.

El análisis de los datos de escolarización referidos a educación infantil y primaria y la premisa de una eficaz utilización de los recursos disponibles, conlleva la necesidad de realizar cambios en la planificación escolar que afectan a la red de centros públicos de Castilla y León.

El descenso de natalidad que se produce en ciertas localidades de nuestro medio rural aconseja cambiar la cabecera de aquellos colegios rurales agrupados en los que ésta no funciona por falta de alumnado, sin modificar las localidades que forman parte de su ámbito de actuación. Con este cambio se pretende facilitar la organización y gestión de los centros afectados.

Se cambia la cabecera de los siguientes colegios rurales agrupados:

a) El Colegio Rural Agrupado «Laguna Dalga» (código: 24018295) de Laguna Dalga (León) cambia su cabecera a Pobladura de Pelayo García conforme se recoge en el Anexo I.

b) El Colegio Rural Agrupado «El Tomillar» (código: 37009647) de Villar de Peralonso (Salamanca) cambia su cabecera a Villaseco de los Gamitos conforme se recoge en el Anexo II.

c) El Colegio Rural Agrupado «Riofrío de Aliste» (código: 49003675) de Riofrío de Aliste (Zamora) cambia su cabecera a Sarracín de Aliste conforme se recoge en el Anexo III.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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