El alumnado con hiperactividad no recibe una adecuada atención educativa

La asociación de Castilla y León ha tenido que recurrir al Tribunal Superior la decisión de la Junta de excluir de la atención a la diversidad a la mayor parte de los escolares con este trastorno de déficit de atención
 

 El alumnado con hiperactividad no recibe una adecuada atención educativa
El alumnado con hiperactividad no recibe una adecuada atención educativa

Presidentes y representantes de las doce asociaciones que atienden a las personas con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) de Castilla y León se reúnen este sábado para analizar la situación del recurso contencioso-administrativo presentado contra la decisión tomada por la Consejería de Educación de excluir a la mayor parte de los alumnos de la atención a la diversidad.

Se trata de la herramienta informática en la que la Consejería de Educación registra al alumnado que precisa una atención educativa diferente a la ordinaria por lo que la exclusión de este alumnado les impide recibir la atención educativa que precisan.

La administración educativa reguló el acceso a la atención a la diversidad mediante una instrucción dictada durante el verano de 2015 y en ella no incluyó como un grupo propio del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al alumnado con hiperactividad, incumpliendo lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación vigente.

Esta ley, que por su carácter orgánico es de aplicación en todo el Estado, define al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo como aquel que requiere por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar. 

La Junta de Castilla y León, con su instrucción, solo admite a algunos alumnos con TDAH como alumnado con necesidades educativas especiales, excluyendo en este apartado a una gran mayoría de estos alumnos. "Existiendo  cada vez mayor controversia y dificultades para que al alumnado con hiperactividad sea atendido y se le ofrezcan las posibilidades de éxito que su especificidad merece, ateniéndose a la llamada “escuela inclusiva” y que, tal y como está hoy en día, lo es sólo para algunos casos y etnias, contrariamente a lo que dicta la ley orgánica", añade la federación.

Para su presidenta, “esta decisión de la Consejería de Educación de la Junta es además de ilegal, por ser contraria a lo establecido en la ley orgánica, injusta porque está privando a la mayoría de los alumnos afectados por TDAH de Castilla y León de una atención educativa específica a la que tienen todo el derecho como grupo propio definido claramente en la ley”.

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