A juicio por excederse con la tarjeta de gastos de su empresa

Un hombre se enfrenta a un año de prisión acusado de un delito de apropiación indebida y un delito societario por la deriva de la sociedad en la que figuró como administrador único durante un tiempo. El acusado ha sostenido que todos los gastos fueron consensuados con el resto de los socios

 Procesado un hombre por hurtar una bicicleta y otro por comprarla después
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Un hombre, cuyas iniciales responden a A. J.V.R., ha sido procesado este martes en la Sala de Penal número Dos de los Juzgados de Salamanca acusado de un delito de apropiación indebida por el que el Ministerio Fiscal solicita una pena de prisión de un año. Además ha tenido que responder también por un delito societario por el que le solicitan el pago de una multa de 9 meses a 12 euros diarios.

Entre julio de 2013 y junio de 2015, el acusado obró como administrador único de una sociedad formada por cuatro mujeres. En concreto, su esposa y las de los otros tres miembros activos de la empresa, participadas al 25% cada una. Ellos no podían figurar por incompatibilidad con su labor profesional cotidiana. Él asumió el cargo, según su declaración, porque nadie más quería serlo y desempeñó funciones comerciales y de representación.

Según consta en los autos efectuó gastos por valor de unos 20.000 euros. Parte de ellos justificados, a juicio de sus socios, pero no otros. En este sentido, figuran facturas de prendas de moda, centros comerciales, artículos deportivos, una pluma de lujo, calzado, aplicaciones móviles de pago e incluso entradas para un partido de Champions League del Real Madrid CF. Además de eso, entre los gastos considerados razonables figuran facturas de restaurantes o regalos de tecnología de alta calidad y telefonía móvil a clientes con los que alcanzaban acuerdos.

Según la denuncia, el acusado fue requerido para que entregara la documentación de la sociedad para que pudiera ser sometida a una auditoría externa. No lo hizo y la auditoría nunca se llegó a concretar, como ha confirmado el auditor, procedente de León, que declaró como testigo en el plenario. Sin embargo, el acusado ha argumentado que no se realizó de mutuo acuerdo entre los socios por la imposibilidad de asumir su coste, en un momento en que la empresa estaba atravesando un momento complicado.

También se acusa a A.J.V.R. de un delito societario por derivar proyectos de la sociedad a otras empresas. En este sentido, se habla de una filial fundada en un tiempo cercano al declive de la inicial y que ejecutó y facturó un proyecto que había sido diseñado por la primera. El acusado argumenta que estas actuaciones se circunscriben a un contrato de coworking con uno de los trabajadores que después fundó la segunda empresa.

En un momento dado, uno de los socios comenzó a detectar los gastos que no le cuadraban y por eso comenzó a indagar y dejó el asunto en manos de su abogado. Actualmente, el acusado trabaja en el mismo sector desarrollando una labor similar en otra empresa.

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