La norma aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 15 de marzo para restringir el subsidio por desempleo para mayores de 55 años comienza a hacerse efectiva. Hasta entonces, un parado de más de 55 años que quisiera acceder al subsidio por desempleo debía percibir unas rentas de cualquier naturaleza inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, menos de 484 euros mensuales. Sin embargo, el real decreto establece que a la hora de analizar este requisito se tendrán en cuenta las rentas de toda la unidad familiar.
 
También se modifican las aportaciones económicas que tienen que efectuar las empresas o grupos de empresas que ocupen a más de cien trabajadores con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a personas de cincuenta o más años. Esta situación genera un acortamiento de la vida laboral, más del 40% de las jubilaciones era anticipada, y enormes cargas al sistema, debido a la mayor parte de las jubilaciones anticipadas accedía desde prestaciones y subsidios. Por ello, se modifica la compensación que deben pagar las empresas de mayor tamaño por la inclusión de trabajadores de más edad en despidos colectivos. Así, se exige la compensación no sólo a las empresas que estuvieran en situación de beneficios, sino también a aquellas en pérdidas que en cinco años obtengan resultados positivos.
 
Sin embargo, los sindicatos recuerdan que las empresas con beneficios que despidieran a trabajadores mayores de cincuenta años estaban obligadas a sufragar parte del coste de las prestaciones de desempleo de estos trabajadores, pero con esta  última reforma de la Seguridad Social pueden evitar totalmente ese sobrecoste planificando el volumen de trabajadores más jóvenes y de mediana edad a despedir. "Estas medidas dificultan la salida no traumática de trabajadores en empresas que atraviesan verdaderas dificultades económicas, lo que sólo repercutirá en enviar más gente joven y de mediana edad al desempleo y también en  una menor protección de los trabajadores parados de mayor edad", concluyen.

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