El rector de la Universidad de Salamanca, Daniel Hernández Ruipérez, delegó algunas de las funciones que ejercía a los diversos vicerrectores y el gerente. Esto se hizo con el objeto de alcanzar una mayor eficacia en la gestión de los órganos universitarios.
Así, el Bocyl recoge una serie de competencias que pasan a ser asumidas por los Vicerrectorados, la Gerencia o los responsables de los centros, cuyas funciones comprenderán la de organización y emisión de instrucciones a los servicios administrativos bajo su respectiva dependencia, en el marco de lo dispuesto por el Consejo de Gobierno y la Gerencia.
Además, los vicerrectores y el gerente desempeñarán los cargos, puestos o vocalías en los órganos colegiados o entidades, para los que resulte llamado el rector por las normas de funcionamiento de los mismos, siempre que estas disposiciones no prohíban la delegación de la presencia del rector, si bien este podrá personarse personalmente (y preferentemente) en los órganos que considere oportuno.
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