Reitera, además, que este órgano no detecta ningún vicio en el procedimiento y desestima la petición de la empresa recurrente de que se revocara el acuerdo de adjudicación otorgándole a ella el contrato. El Tribunal se limita, como se ha dicho, a ordenar una ampliación del informe que justifica la admisión de la baja de la empresa adjudicataria para, de considerarse justificada, volver a adjudicárselo a la misma empresa, o, de no considerarla justificada, adjudicar el contrato a la siguiente empresa en puntuación.
"El Ayuntamiento adoptó la decisión más beneficiosa desde el punto de vista técnico y económico para los intereses de la ciudad. En concreto, la propuesta elegida supone un ahorro cercano a 900.000 euros en cuatro años y está avalada por dos informes del director del área de Ingeniería Civil y un tercero de Medio Ambiente, que confirman que la oferta elegida es la idónea", explica en un comincado. Por tanto, "es sorprendente que el Grupo Socialista hable de despilfarro cuando el Ayuntamiento de Salamanca ha adjudicado el servicio de alumbrado a la oferta más barata manteniendo la calidad del servicio", concluye.
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