El Tribunal Supremo refrenda que los bancos deben devolver la totalidad de las cláusulas suelo

El Pleno de la Sala Primera rechaza dos recursos de entidades financieras y adapta su jurisprudencia a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dejando sin efecto la anterior sentencia que ponía como límite el año 2013

 El proceso extrajudicial para lograr la devolución de las cláusulas suelo, en diez pasos
El proceso extrajudicial para lograr la devolución de las cláusulas suelo, en diez pasos

El pleno de la Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo, al resolver un recurso de casación del BBVA, ha adaptado la jurisprudencia de la Sala sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo a las sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016.

En consecuencia, la Sala ha decidido confirmar la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordaba la retroactividad total.

Por otra parte, el pleno ha desestimado también un recurso de casación que pretendía la nulidad de un cláusula suelo de la Caja Rural de Teruel por falta de transparencia, al concluir que en este caso cumplía los requisitos de transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia de 9 de mayo de 2013.

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