En cuanto a la caza mayor, el período hábil para el jabalí se sitúa entre el cuarto domingo de septiembre y hasta el tercer domingo de febrero. En este sentido, y con respecto a las solicitudes o comunicaciones de monterías y ganchos/batidas, al objeto de eliminar la necesidad de presentación de un plano de mancha con cada solicitud o comunicación, el titular o en su caso el arrendatario podrá presentar con la primera solicitud o comunicación de la temporada un plano conjunto del coto en el que se establezcan gráficamente el total de manchas a dar en la temporada, debidamente numeradas. En caso de optar por la presentación de este plano conjunto, el solicitante solo deberá indicar en ulteriores solicitudes o comunicaciones el número de mancha a dar, sin necesidad de presentar un nuevo plano cada vez.
En los aguardos o esperas nocturnas al jabalí, el titular estará obligado a comunicar al Servicio Territorial correspondiente el resultado de los aguardos o esperas nocturnas en el plazo máximo de quince días naturales. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la denegación de nuevas autorizaciones o a la revocación de las ya autorizadas. El Boletín Oficial de Castilla y León publicará en las próximas semanas la resolución de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente detallando las temporadas hábiles.
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