La reforma del Código Penal que comienza a abordar este miércoles el Congreso de los Diputados plantea también una reducción de las penas de cárcel a quienes ?mediante el engaño o abuso de situación de necesidad impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga?. Así, las penas pasan de una horquilla de seis meses a tres años y medio a un nuevo tramo de entre seis meses y dos años.

Por su parte, las cuantías de las multas por este comportamiento se mantienen, pero se hace incompatible aplicar ambos castigos. Es decir, que será el juez quien deba elegir entre sancionar con el pago de una cantidad de dinero o enviar a la cárcel a quien impida o dificulte el ejercicio de huelga, los denominados piquetes.

Este apartado de la reforma ha generado polémica entre algunos sectores de la sociedad, pues una persona que difunda consignas de una manifestación a través de las redes sociales puede considerarse que está incitando a cometer un delito de alteración del orden público o podría ser acusada de cometer un delito de este tipo si se produce algún altercado.   

Además, consideran que la Reforma del Código Penal también está destinada a parar movimientos ciudadanos, ya que contempla delitos que criminalizan las protestas de los afectados por la hipoteca, preferentes, o de los colectivos afectados por los recortes en sanidad, por poner algunos ejemplos. 

 

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