El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, ha confiramado que el pasado año se redujeron las sustituciones en la sanidad pública de Castilla y León un cuarenta por ciento, hasta los 894.000 días, en comparación con 2011. Este descenso, según matizó, hubiera sido menor de no haberse incrementado la jornada laboral de los trabajadores de la Junta un siete por ciento, al pasar de las 35 horas semanales a las 37 y media.
 
El nuevo convenio, que según adelantó el consejero será aplicado en el futuro al resto de trabajadores de la Junta mediante un decreto, además de adecuarse a los recortes aprobados por el Gobierno, introduce criterios de flexibilidad y busca facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. Así, el pacto alcanzado por la Consejería de Sanidad con los sindicatos CESM, CSIF, UGT, USAE y CCOO, contempla que los 22 días hábiles de vacaciones retribuidas se podrán disfrutar en períodos fraccionados -7 de los 22 días- dentro del año natural y hasta el día 15 de enero del año siguiente, pudiéndose unir a permisos por asuntos particulares.
 
Las vacaciones podrán interrumpirse en caso de maternidad, permiso por paternidad o una situación de incapacidad temporal sobrevenida, pudiéndose disponer de los días no disfrutados en un período independiente. Además, el acuerdo también regula los permisos de maternidad y paternidad, los concedidos para la obtención de un título e incorpora como novedades los que se pueden solicitar para la expedición del DNI, pasaporte, permiso de conducir o libro de familia.

Se reglamenta también los permisos retribuidos para asistir a tribunales o comisiones de selección; a mesas electorales; por asuntos particulares; por matrimonio; por traslado del domicilio habitual; para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto; por riesgo durante el embarazo; por lactancia de un hijo menor de 12 meses; por fallecimiento, internamiento hospitalario, accidente o enfermedad grave de un familiar; para funciones sindicales; por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado; o por cuidado de un hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

Otras novedades

 
En los permisos por formación, se introduce la novedad de incluir la asistencia a pruebas para la constitución de bolsas de empleo, con especial consideración hacia los profesionales que desempeñan su actividad en turnos rotatorios o nocturnos. El pacto regula de manera más amplia los permisos concedidos por procesos de recuperación por enfermedad del empleado a iniciativa del Servicio de Salud. Se han incorporado dos nuevos supuestos para conceder un permiso: procesos de recuperación por enfermedad del empleado previo informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales; y asistencia a reuniones de coordinación del centro educativo del profesional que tenga a su cargo personas discapacitadas con grado igual o superior al 33 por ciento hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y por el tiempo indispensable.
 
Por último, se regulan los permisos con reducción proporcional de retribuciones en caso de recuperación por enfermedad, por nacimiento de hijos prematuros o por tener al cuidado directo a menores de 12 años, ancianos con especial dedicación, discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales y familiares hasta el segundo grado; y por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora o por participar en programas y proyectos de ayuda y cooperación al desarrollo - ampliándose su duración hasta un máximo de seis meses- o por ayuda humanitaria en situaciones de emergencia y catástrofe.

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