España es el único país de su entorno sin una Ley de Transparencia. Por este motivo, el Gobierno tramita desde hace un año un proyecto normativo cuyo plazo de presentación de enmiendas concluye el próximo lunes en el Congreso de los Diputados. El objetivo es fijar la obligación de los estamentos públicos para facilitar información a los ciudadanos, así como establecer algunas pautas contra la corrupción y controlar que la gestión de las empresas se amolde a la normativa vigente. 
 
La Ley de Transparencia se aplicará sobre los partidos políticos, las organizaciones empresariales y sindicales y aquellas entidades e instituciones que se financian sobre todo con dinero público. Así, se deberá facilitar la publicidad activa, la garantía de derecho de acceso de los ciudadanos a la información y el buen gobierno. Es decir, publicar con periodicidad todas las cuentas, que los ciudadanos puedan acceder a ellas de forma física o a través de internet y que los auditados lleven a cabo una correcta gestión, alejada de despilfarros pasados.
 
La futura ley establece una serie de principios éticos generales y también de obligaciones concretas para los miembros del Gobierno, los altos cargos de la Administración General del Estado y de las entidades del sector público estatal. Esta norma obliga a los políticos a informar en qué gastan el dinero público y permite a los ciudadanos consultar a través de una web las subvenciones, los contratos o los sueldos de los cargos públicos, así como solicitar más información. 

Tres tipos de sanciones

 
El régimen sancionador se divide en tres ámbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, en materia de gestión económico-presupuestaria y en el ámbito disciplinario. Además, se incorporan infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley Estabilidad Presupuestaria. En el caso de infracciones graves, podrá haber un cese en el cargo político así como una inhabilitación política entre un periodo entre cinco y diez años. 
 
La ley impondrá sanciones a los políticos que oculten facturas, incumplan el límite de déficit público o no aporten la documentación requerida por los tribunales o los órganos de fiscalización contable. Entre las sanciones contempladas por la ley se encuentran destituciones de cargos públicos, no percepción de pensiones indemnizatorias, obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y obligación de indemnizar a la Hacienda Pública. 
 
A partir de modificaciones en el Código Penal y la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, se tipificarán infracciones para castigar las conductas más graves que sean merecedoras de sanciones penales, incluida la pena de prisión, que podrá oscilar entre uno y cuatro años de cárcel. Tras las aportaciones ciudadanas se creó una nueva infracción grave por el incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos. Así, también incurren en delito los cargos que despilfarren el dinero público.

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