"Esta situación supuestamente se crea para conservarte la plaza de estatutario si voluntariamente accedes a una Unidad de Gestión Clínica con régimen laboral,pero si leemos la Disposición transitoria octava punto 1 de una nueva ley del Gobierno, sólo te conserva la plaza los tres primeros años y no en la misma área, porque si todos los centros sanitarios que tienen la especialidad en el área se convierten en Unidades de Gestión puede ocurrir que sólo se pueda reincorporar en otra.
Pasados los tres primeros años se pierde la posibilidad de reincorporarte".
Por todo ello, CESM considera que esta modificación abre la puerta a crear Unidades de Gestión Clínica con personal laboral, "a las que vamos a estar obligados a entrar, porque si todos los servicios y Centros de Salud se estructuran de esta forma, no habrá más opciones. En el momento que se entre en estas Unidades de Gestión, la plaza como estatutario se pierde en tres años y las posibilidades de volver a un puesto como el que tenías son nulas y en cualquier caso estarán fuera del área en que resides".
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