Con la nueva normativa del Gobierno, los parados que decidan compatibilizar prestación perderán parte de la misma al percibir sólo el 25% del importe de la prestación diaria que le correspondería. Así, se consumirá el cien por cien de la cuantía diaria, pero sólo cobrarán la cuarta parte. Es decir, el trabajador perdería cada día el 75% de la prestación por desempleo y sólo tendría derecho a cobrar el equivalente al 25% de la prestación diaria.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social calcula que al menos el 27% de los nuevos parados no verá recortada su prestación por desempleo a partir del sexto mes por la reducción de la base reguladora desde el 60% al 50%. Para las prestaciones que se origen en 2012, el tope mínimo alcanza actualmente los 497 euros mensuales cuando el trabajador no tiene hijos a su cargo y los 664,74 euros mensuales si tiene, al menos, un hijo a cargo.
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