El acceso al hospital Virgen de la Vega, a raíz del accidente que sucedió en el mes de diciembre con resultado de muerte de un anciano, se cambió tanto para vehículos como para personas. Sin embargo, las medidas adoptadas resultan, a juicio del informe al que ha tenido acceso SALAMANCA24HORAS, no sólo insuficientes sino incluso inadecuadas y más inseguras tanto para los trabajadores como para usuarios.

Y es que la zona de acceso de ambulancias ha sido señalizada con señales mal situadas (muy elevadas para ser vistas por las personas e incluso tapadas por otro tipo de señales), para aquellos que acceden desde el exterior. La prohibición de salida peatonal no está adecuadamente indicada desde el interior. El resultado es que esta vía sigue siendo utilizada tanto por personas como por ambulancias, con el consiguiente riesgo.

Por otro lado, el acceso peatonal está señalizado de forma contradictoria porque por un lado existe la señal que permite únicamente acceso a descarga de camiones y por otro lado la nueva señalización indica el paso de personas. “Si coexisten en la misma vía peatones y vehículos, el espacio debería estar claramente señalizado e incluso protegido para los peatones y que la vía sea lo suficientemente ancha para permitir este doble acceso”, concluye el informe.

Según el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, “las vías de circulación de los lugares de trabajo, tanto las situadas en el exterior de los edificios y locales como en el interior de los mismos, incluidas las puertas, pasillos, escaleras, escalas fijas, rampas y muelles de carga, deberán poder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaje en sus proximidades”.

 
A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el número, situación, dimensiones y condiciones constructivas de las vías de circulación de personas o de materiales deberán adecuarse al número potencial de usuarios y a las características de la actividad y del lugar de trabajo. En el caso de los muelles y rampas de carga deberá tenerse especialmente en cuenta la dimensión de las cargas transportadas.
 
La legislación también establece que la anchura mínima de las puertas exteriores y de los pasillos será de 80 centímetros y 1 metro, respectivamente. La anchura de las vías por las que puedan circular medios de transporte y peatones deberá permitir su paso simultáneo con una separación de seguridad suficiente. Las vías de circulación destinadas a vehículos deberán pasar a una distancia suficiente de las puertas, portones, zonas de circulación de peatones, pasillos y escaleras. Los muelles de carga deberán tener al menos una salida, o una en cada extremo cuando tengan gran longitud y sea técnicamente posible. Siempre que sea necesario para garantizar la seguridad de los trabajadores, el trazado de las vías de circulación deberá estar claramente señalizado.
 

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