El Consejo de Ministros ha aprobado quince acuerdos que autorizan la suscripción de convenios de colaboración con todas las Comunidades Autónomas, excepto País Vasco y Navarra, para el control de la incapacidad temporal en el período 2013-2016. Los quince convenios para el control de la incapacidad temporal a los que el Ejecutivo ha dado hoy luz verde permitirán un estrecho marco de colaboración y de coordinación entre los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas y las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social para el control eficaz de esta prestación.
Los médicos de atención primaria inician y finalizan los procesos de incapacidad temporal, en la mayoría de los casos, mediante la expedición de los partes de alta y baja, mientras que la prestación económica es abonada por las entidades gestoras de la Seguridad Social o las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Estos convenios contemplan la fijación de un programa de actividades y unos objetivos de racionalización del gasto para cada ejercicio, así como el establecimiento de unos objetivos de carácter anual a los distintos Servicios Públicos de Salud de las autonomías, obteniendo además una información necesaria y precisa del momento en el que se producen las bajas por enfermedad.
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