La Asociación de Usuarios Bancarios (Ausbanc) denuncia que los popularmente conocidos como 'swaps' y otros productos equivalentes comercializados por otras entidades bancarias como las condenadas (contratos de permuta financiera, intercambios de tipo de interés, seguros de cuota fija para hipoteca, etcétera) están generando una verdadera alarma social puesto que fueron comercializados como 'seguros' cuando en realidad se trata  de productos de inversión, de alto riesgo y, por regla general, en absoluto ajustados al perfil del cliente.
 
"Numerosos usuarios de servicios bancarios se han sentido estafados por estas y otras entidades de crédito al comprobar que sus economías quedaban seriamente amenazadas por las liquidaciones periódicas que el banco, con fundamento en estos productos, les generaba, así como por unos costes por cancelación anticipada tan cuantiosos como abusivos. Así lo han establecido nuestros Juzgados y Audiencia Provincial de Salamanca, como en toda España, que han condenado a Bankinter, Banesto y Banco Popular a anular los contratos y devolver importantes cantidades de dinero", explica en un comunicado.
 
Las sentencias inciden en la defectuosa información a la hora de comercializar el producto, no habiendo facilitado de manera previa a sus clientes ni documentación ni ejemplos de las consecuencias de lo que procedían a firmar, y la oscuridad del contrato, fundamentalmente en relación con aquellas cláusulas en las se pretende imputar responsabilidad al cliente, de forma que  tal y como están redactados los contratos, estos no pueden ser comprendidos por la generalidad de los usuarios, puesto que además se trata de productos inadecuados para el tipo de clientes a los que se ha comercializado.
 
Especialmente relevante es todo lo que hace referencia a los riesgos asumidos por cliente con la firma del contrato, con total ausencia en la comercialización de cualquier dato que pudiera llevar a pensar al cliente que puede haber riesgos en la firma del producto, u omitiendo directamente del propio clausulado del contrato elementos esenciales como la fórmula para el cálculo del coste de cancelación del producto, y que de conocerse antes podría hacer que los clientes no acepten el producto, tan rentable por otra parte para las entidades de crédito.
 
"Una vez más se pone de manifiesto que los Tribunales de Justicia son un lugar adecuado para exigir que las entidades bancarias asuman su responsabilidad por la comercialización de productos “tóxicos”, complejos e inadecuados para sus clientes. En definitiva, 450 sentencias avalan el buen hacer de los Servicios Jurídicos de esta organización en la lucha contra los productos tóxicos comercializados por la banca, y que más daño han hecho a la economía de las pymes y particulares. Sentencias que, además de poner de manifiesto la responsabilidad de los bancos en la comercialización con engaño de estos productos, han puesto en evidencia la falta de control por parte del Banco de España y la CNMV", concluye Ausbanc.

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