CCOO comienza una recogida de firmas para regular la situación de las empleadas del hogar

 CCOO comienza una recogida de firmas para regular la situación de las empleadas del hogar
CCOO comienza una recogida de firmas para regular la situación de las empleadas del hogar

El secretario provincial de CC.OO., Emilio Pérez, acompañado por la representante del sindicato en la sección de Construcción y Servicios, Francisca Tardávila, han presentado una campaña de recogida de firmas a nivel estatal con la que pretender llevar una Iniciativa Legislativa Popular al Congreso para que se regulen las condiciones mínimas de las empleadas del hogar. Las firmas que deben recoger para que el Parlamento lo acepte como ILP es de 500.000. Para ello, se hará en tres fases, una primera en las empresas, otra en la propia sede y en los próximos días, en la calle en cuatro o cinco puntos.

La petición que hace el sindicato va encaminada a que el Gobierno español acepte el convenio número 189 aprobado por la Organización Internacional del Trabajo hace cuatro años. Este marca las condiciones mínimas de las empleadas del hogar, colectivo que para Emilio Pérez se ha convertido en un "nido de explotación laboral". La definición, incluso, va más allá y habla de "esclavitud, vejación y atentado moral contra la personas". 

Desde CC.OO. admiten que este sector es difícil de controlar como demuestran los últimos datos de abril que reconocen a 2848 empleadas del hogar dadas de alta de las 6.400 que están trabajando. Estos datos, sin embargo, "se queda corto" con lo que les consta en el sindicato. Además, de los oficiales destacan que el 42% de las mujeres (que suponen el 97% de todos los empleados del hogar), son emigrantes y que buena parte, además, extracomunitarias. 

Condiciones mínimas

Según el convenio 189 existen una serie de condiciones mínimas que todo empleado del hogar debe cumplir:

- Derechos básicos de trabajadoras y trabajores domésticos: La protección de los derechos humanos y el respeto de los principios fundamentales en el trabajo como son la libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. Además, se debe proteger el abuso, el acoso o la violencia y las condiciones de empleo, incluyendo una vivienda digna.

- Información sobre los términos y condiciones de empleo que sea fácilmente comprensible, de preferencia a través de contrato escrito.

- Horas de trabajo: Igualdad de trato entre trabajadores domésticos y trabajadores en general por lo que es exigible un descanso semanal de al menos 24 horas consecutivas. Derecho a compensación por horas extras y vacaciones pagadas anuales. Reglamento de horas con disponibilidad inmediata. 

- Remuneración: El Salario Mínimo Interprofesional. Debe ser en dinero en efectivo, realizado directamente a la trabajadora o trabajador y en intervalos regulares de no más de un mes. El pago puede ser a través de cheque o transferencia bancaria cuando así esté regulado. El pago en especie está permitido si es solo una parte limitada de la remuneración total, si el valor monetario es justo y si es de uso y beneficio personal de los trabajadores. 

- Seguridad y salud: Derecho a un trabajo seguro y un ambiente saludable.

- Seguridad social: Protección social, incluyendo prestaciones de maternidad. Condiciones que no sean menos favorables que las aplicables a los demás trabajadores. 

- Normas relativas al trabajo infantil doméstico: Obligación de fijar una edad mínima. Los mayores de 15 años y menores de 18 no deben ser privados de la educación obligatoria. 

- Normas relativas a trabajadoras y trabajadores que viven en casa de sus empleadores: Condiciones de vida digna que respeten su privacidad y libertad para llegar a un acuerdo sobre si residir o no en el hogar. No hay obligación de permanecer en horario de descanso y sí derecho a mantener los documentos de identidad y de viaje. 

- Normas relativas a trabajadores y trabajadoras domésticos migrantes: Contrato por escrito u oferta de trabajo escrita antes de viajar al país de empleo. Aclarar las condiciones bajo las cuales tienen derecho a la repatriación al final de su empleo y cooperación entre los países de origen y destino para asegurar la aplicación del Convenio. 

- Agencias de empleo privadas: Garantizar un mecanismo adecuado para la investigación de las denuncias realizadas y proporcional una protección adecuada al trabajador o trabajadora. 

- Resolución de conflictos: Acceso efectivo a tribunales u otros mecanismos de solución de conflictos. Necesidad de equilibrio de la protección de los trabajadores y trabajadoras y derecho de privacidad de los miembros de los hogares. 

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