El Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, reconoce el derecho a recibir de inmediato asistencia jurídica gratuita a todos los menores que sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato. La norma faculta además al juez o tribunal para acordar que la asistencia pericial especializada gratuita sea prestada por profesionales técnicos privados si consideran que es necesario.
El Anteproyecto de Ley Orgánica del Estatuto de las Víctimas de Delito, que va más allá de la mera trasposición de la directiva europea que lo inspira, tiene vocación de ser el catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas. En ella se regulan de modo especial aquellos que defienden a los menores que padezcan explotación o sean víctimas de pornografía infantil. Se protege su intimidad y evita su victimización secundaria o reiterada impidiendo el contacto con su agresor.
Por otra parte, los Ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad revisan en la actualidad dos anteproyectos de ley para actualizar la legislación referida a la protección del menor desde el ámbito civil y administrativo. Estos textos se encuentran en un estado avanzado y recogen innovaciones como el desarrollo del contenido de un concepto jurídico hasta ahora difuso: el interés superior del menor. A partir de ahora se define como principio general de carácter interpretativo, como derecho sustantivo del menor y como norma de procedimiento. Además, este interés superior del menor se refuerza como principio orientador de la acción pública, y se regulan de modo más completo las situaciones de riesgo y desamparo, con especial atención a todo lo que suponga un riesgo para la salud física y psíquica del menor, incluyendo la etapa prenatal.
Delitos contra menores en el nuevo Código Penal
- La edad de consentimiento sexual se eleva con carácter general a los 16 años.
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