La Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados se reunirá el próximo martes con el objetivo de dar el visto bueno al proyecto de Ley Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Al contar con competencia legislativa plena, la ley pasará directamente al Senado, sin necesidad de que reciba la aprobación del Pleno de la Cámara Baja.
 
Una vez se apruebe la Ley, incluida en el Plan Nacional de Reformas, el Consejo Superior de Cámaras se convertirá en la Cámara de Comercio de España, órgano de representación y coordinación de todas las Cámaras. La Cámara de España tendrá a su cargo, en coordinación con la red nacional e internacional de Cámaras y las propias Administraciones Públicas, el desarrollo efectivo del Plan Cameral de Internacionalización y del nuevo Plan Cameral de Competitividad así como el objetivo de impulsar en España la formación profesional dual como ejes centrales de su actividad.
 
Entre otras novedades que se presentaron el pasado mes de mayo destacan, asimismo, la obligación de hacer públicas las retribuciones de los altos cargos y máximos responsables de las Cámaras. También se elimina la obligación de que exista, al menos, una Cámara por provincia. No se fija por ley mapa cameral alguno. Serán las propias Cámaras en función de la demanda de las empresas y junto con la Administración tutelante (Comunidad Autónoma para las que estén localizadas en su territorio) las que determinen las ubicaciones finales. Y se homogeneiza el régimen jurídico de todos sus trabajadores al régimen laboral ordinario, pues una parte del personal de las Cámaras estaba sujeto a un régimen especial que data del año 1936. Finalmente, se regula un sistema de adscripción por el cual las empresas pertenecen a las Cámaras territoriales sin que de ello derive obligación económica alguna, ni de ningún otro tipo.

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