La reforma del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros lleva consigo importantes novedades que quedan relegadas a la letra pequeña de la normativa, la que no aparece en los grandes titulares de las ruedas de prensa, pero que SALAMANCA24HORAS desgrana para conocimiento de los lectores. Una de estas novedades afecta a las consecuencias provocadas sobre el tráfico de vehículos por parte de las manifestaciones. Así, cortar el tráfico del transporte público puede acarrear hasta dos años de prisión.
 
El Ministerio de Justicia introduce un nuevo artículo 560 bis, en el que se establece que “quienes actuando individualmente, o mediante la acción concurrente de otros, interrumpan el funcionamiento de los servicios de telecomunicación o de los medios de transporte público y alteren con ello de forma grave la prestación normal del servicio, serán castigados con una pena de tres meses a dos años de prisión o multa de seis a veinticuatro meses”.
 
Por ejemplo, el pasado martes, durante el corte de la avenida de Mirat por parte de los vecinos de la comarca de Vitigudino, un camión de bomberos no pudo pasar para acudir a una urgencia y tuvo que rodear por otras calles. Sin embargo, esta concentración tenía el permiso de la Subdelegación del Gobierno, y por tanto estaba legitimada, lo que abre un nuevo debate sobre la interpretación de la nueva normativa.

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