Desestimado el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la salida de documentos del Archivo

 Desestimado el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la salida de documentos del Archivo
Desestimado el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la salida de documentos del Archivo
La Justicia vuelve a fallar a favor del traslado a Cataluña de documentos del Archivo de la Guerra Civil en Salamanca, hoy reconvertido en Centro Documental de la Memoria Histórica. El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado en febrero de 2006 por diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, contra la Ley de restitución de documentos del antiguo Archivo de Salamanca a la Generalitat de Cataluña. La sentencia considera correcto el procedimiento seguido por el Gobierno a la hora de plantear la ley que posteriormente fue aprobada por mayoría en el Parlamento.

Ocho años después continúan conociéndose resoluciones sobre el pleito entre las administraciones gobernadas por el Partido Popular contra la ley promovida por el entonces Gobierno socialista. Recientente fue otra del Tribunal Constitucional, emitida el pasado 14 de febrero, en la que declara inconstitucional y nulo el artículo único de la Ley Castilla y León 7/2004, estimando el recurso interpuesto por el presidente del Gobierno, entonces el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, representado por el abogado del Estado. Se trata de una ley de archivos y patrimonio documental de Castilla y León en la que se incluía el Archivo de la Guerra Civil en el ámbito de protección cultural de la Junta. De esta forma, se añadían los documentos en el interior del Colegio de San Ambrosio a la protección cultural del edificio, intentando evitar así la salida de más papeles hacia Cataluña.

 
Pero el Tribunal Constitucional estima que corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre los museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las comunidades autónomas. Es decir, el Estado tiene competencia exclusiva sobre sus archivos, ostentando tanto la facultad legislativa como de desarrollo y ejecución de cualquier iniciativa. Por tanto, resulta inconstitucional la ley de la Junta al excederse de sus funciones y traspasar competencias.

 

 

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