El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este martes la Orden de la Consejería de Educación por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto dirigidas al alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes para el curso 2015/2016.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas para financiar la adquisición de libros de texto el padre, la madre o el tutor legal siempre que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2014 no superen los 18.410,60 euros para dos miembros, 24.075,40 para tres, 29.740,20 para cuatro, 35.405,00 para cinco, 41.069,80 para seis, 46.734,60 para siete y 52.399,40 euros para ocho miembros. A partir de ahí se incrementará la renta máxima en 5.664,80 euros por cada nuevo miembro.

Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible acompañar, a la solicitud, la factura justificativa de la adquisición del material subvencionable correspondiente al alumno para el que se solicita la ayuda. La factura, una por alumno, salvo que el material subvencionable se adquiera en establecimientos diferentes, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor solicitante de las ayudas, indicando el curso o enseñanza a la que corresponden los libros de texto, y únicamente comprenderá el material susceptible de ser subvencionado de acuerdo con esta orden y no otro tipo de material escolar.

En el caso de solicitantes que se encuentren, a fecha 31 de diciembre de 2014, en alguno de los supuestos enumerados a continuación, la renta per cápita familiar se dividirá por un coeficiente de 1,2, al objeto de favorecerles en la concesión de las ayudas: que ostenten la condición legal de familia numerosa, que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento, que alguno de los miembros de la unidad familiar hayan sido reconocidos como víctimas de violencia de género o como víctimas de actos de terrorismo, o que carezcan de los fondos y apoyos necesarios para atender las necesidades básicas de subsistencia en el año 2014.

La cuantía de las ayudas atendiendo a los intervalos de renta per cápita de la unidad familiar serán los siguientes: para magnitudes inferiores a los 2.500 euros de renta, 105 euros; para magnitudes entre 2.500 y 3.500 euros, ambos inclusive, 75 euros; para magnitudes superiores a 3.500 euros de renta, 50 euros. En los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la cuantía de la ayuda a conceder será la máxima establecida.

Las solicitudes, una por cada alumno, se formalizarán, conforme al modelo que se encuentra disponible en la sede de administración electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es), en las direcciones provinciales de educación, en las oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano, de esta administración. Si no fuera posible la obtención del formulario de solicitud por estos medios, podrá solicitarse excepcionalmente en la secretaría del centro docente.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído