Según publica el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), una vez celebradas diversas convocatorias se hace necesario revisar, por un lado, el procedimiento y, por otro, adecuar su contenido a lo dispuesto en la Orden EDU/661/2012 de 1 de agosto, por la que se regulan los programas de educación no formal impartidos en centros públicos de educación de personas adultas en Castilla y León, en relación a la ponderación de los programas dirigidos a la preparación de las pruebas libres para la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria y la valoración de los ámbitos superados en las pruebas libres respecto de los programas de desarrollo o refuerzo de competencias básicas.
De este modo, los tribunales de evaluación tendrán la responsabilidad de controlar la realización de las pruebas, calificarlas, emitir las actas de evaluación y resolver las reclamaciones. Se constituirán cuantos tribunales sean precisos con el límite máximo de 200 personas personas inscritas por tribunal.
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