Con el inicio de octubre ha entrado en vigor un Real Decreto por el que se modifican varias normas para actualizar el marco jurídico de los Planes y Fondos de pensiones, del sector asegurador y de la mediación de los seguros. Las principales medidas consisten en el abaratamiento de las comisiones que pagan los partícipes de los Planes y Fondos de pensiones y en elevar la trasparencia en la información que reciben. Estas mejoras se completan con otras incluidas en la reforma del IRPF como es la posibilidad de un nuevo supuesto de liquidez a los diez años.

El Real Decreto reduce las comisiones máximas legales de gestión y depósito para adaptarlas a la situación de los mercados financieros actuales, nacionales e internacionales. Esta medida supone reducir la comisión máxima un 30%  (del 2,5 al 1,75%). En concreto, la comisión máxima de gestión se reduce del 2 al 1,5% sobre la cuenta de posición del plan de pensiones, con la posibilidad de sustituir dicho porcentaje por el 1,2% del valor de la cuenta de posición más el 9% de la cuenta de resultados. La comisión máxima de depósito se reduce del 0,5 al 0,25% sobre la cuenta de posición del plan de pensiones.

El Real Decreto mejora el cálculo actuarial de las previsiones de decesos. Así, se deroga un método de cálculo de la provisión de decesos que nació en 1998, como forma de cálculo para pólizas anteriores a la entrada en vigor del Reglamento. Hasta ahora dicha provisión se establecía como el 7,5% de las primas anuales, sin tener en cuenta la edad del asegurado. La experiencia ha demostrado que dicha forma de cálculo resultaba insuficiente para reflejar las obligaciones asumidas por las entidades de seguros, especialmente en aquellos casos en que el asegurado haya contratado a una edad avanzada un seguro de decesos. El Real Decreto propone la utilización de técnica actuarial concediendo veinte años de período de adaptación para la regularización del déficit.

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