La Asociación Ciudadanos por la Defensa del Patrimonio ha remitido al Ayuntamiento de Salamanca ?la notable falta de mantenimiento? de varios edificios catalogados de la ciudad. ?No se encuentran en unas condiciones que permitan asegurar su continuidad como parte integrante del patrimonio edificado?, aseguran.

Se trata de los inmuebles número 6 de la Plaza del Mercado, número 3 de la Plaza de Monterrey y el número 36 de la avenida de Italia. Sus tejados y cubiertas, señalan, ?se encuentran en un estado inadmisible tratándose de edificios catalogados por su interés?.

Por ello la asociación exige al Ayuntamiento de Salamanca que actúe conforme a la legislación vigente, incluso de acuerdo con informes técnicos municipales, para contemplar una intervención inmediata de limpieza y de restauración de esas cubiertas para su consolidación.

La legislación urbanística

El artículo 121 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, referente a la catalogación de los elementos del término municipal que merecen ser protegidos, conservados o recuperados, por sus valores naturales o culturales presentes o pasados, incluye las medidas de protección, conservación y recuperación que procedan en cada caso.

La Ley de Urbanismo de Castilla y León, en su artículo 8.1, establece que los propietarios de los bienes inmuebles deberán ?mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos precisos para conservar o reponer dichas condiciones?. Se entiende por seguridad, según el artículo 19 del Reglamento de Urbanismo, el ?conjunto de las características constructivas que aseguran la estabilidad y la consolidación estructural de los inmuebles y la seguridad de sus usuarios y de la población?.

El artículo 107 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León indica que sobre los elementos catalogados por el planeamiento ?sólo procederán obras de conservación o rehabilitación?.

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