La Junta de Castilla y León ha aprobado el decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015. A estas fechas se añadirán dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio y autoridad laboral competente a propuesta del pleno del respectivo ayuntamiento.

De este modo, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad serán las siguientes: 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 2 de abril, Jueves Santo; 3 de abril, Viernes Santo; 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos. que se traslada al lunes 2 de noviembre; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española., que se traslada al lunes 7 de diciembre; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

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