Con la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado para 2013, este 1 de enero se equiparan las ausencias sin baja médica a las que sí tienen la baja médica, y que suponen un descuento del 50% del sueldo entre el primer y tercer día de ausencia de los empleados públicos. Sin embargo, la instrucción publicada el pasado fin de semana el Boletín Oficial del Estado (BOE) introduce un importante cambio para los empleados públicos, ya  que se fija un periodo exento totalmente de reducción de cuatro días anuales, sólo a partir del quinto día empezaría a tener efecto el descuento. 
 
El resto de Administraciones también puede fijar optar por fijar un plazo y, en caso de no hacerlo, se aplicará la norma general contenida en los Presupuestos, es decir, desde el primer día de ausencia sin baja médica. Este plazo de cuatro días permite que los empleados públicos de la Administración General del Estado no pierdan poder adquisitivo por un número razonable de  ausencias sin baja médica, pero, al mismo tiempo, se pone coto al posible uso desmedido de esta posibilidad, que perjudica la imagen del colectivo.
 

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