Desde su puesta en marcha, más de 3.500 trabajadores salmantinos se han beneficiado de un contrato indefinido gracias a los incentivos puestos en marcha por el Gobierno para impulsar la creación de empleo estable. En toda España son más de 600.000 contratos.

Se trata de la tarifa plana de 100 euros para la contratación indefinida aprobada en febrero de 2014 y que estuvo vigente hasta el 31 de marzo del presente año y de la tarifa reducida de cotización a la Seguridad en vigor desde el 1 de marzo y que fija un mínimo exento de cotización de 500 euros para los nuevos empleos indefinidos. 

La tarifa plana de 100 euros para la contratación estable favoreció la contratación indefinida de 1.603 trabajadores. Las empresas o autónomos que contrataron a un nuevo trabajador de forma estable acogiéndose a este incentivo sólo cotizan a la Seguridad Social por contingencias comunes 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses. Las empresas de menos de 10 trabajadores, pueden beneficiarse, una vez transcurridos los primeros 24 meses, de 12 meses adicionales de una reducción del 50% de la cuota.

Mínimo exento de cotización

Un año después de su entrada en vigor, se dio continuidad a los incentivos a la contratación indefinida con la aprobación de la  reducción de 500 euros en la cotización a la Seguridad, que hasta ahora  ha propiciado que 1.926 trabajadores cuenten con un empleo indefinido. 

Este incentivo está orientado a favorecer especialmente la contratación estable de los colectivos más vulnerables: aquellos donde se concentra más el paro y la temporalidad. Aquellos que carecen de experiencia o de formación o llevan más tiempo en desempleo.

Consiste en que los primeros 500 euros de salario de cada nuevo contrato indefinido no cotizarán durante dos años. Las empresas de menos de 10 trabajadores se podrán beneficiar durante 1 año más de una exención sobre 250 euros. 

El empresario que se acoja a la tarifa reducida para contratar queda obligado a aumentar la plantilla y el número de trabajadores fijos, manteniendo el nivel de empleo generado con los nuevos contratos durante al menos tres años.Si este requisito se incumple durante el primer año, el empresario deberá devolver la totalidad de la reducción de cuotas. A partir de segundo año, deberá devolver la parte proporcional a los meses transcurridos. 

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