El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el juego remoto en Castilla y León, donde se incluye, entre otros aspectos destacables, los principios para la regulación, concreta los canales de juego remoto, la protección de usuarios y consumidores, los juegos que se podrán desarrollar, y las empresas que podrán obtener el permiso para realizar esta actividad.

El objetivo es acabar con la situación actual de juegos en internet, televisión, radio o telefonía, no autorizados por ninguna administración, así como la defensa de menores y personas con problemas especiales, eliminando la posibilidad de su acceso. También la protección de los usuarios, garantizándoles el cobro de lo ganado y el desarrollo por las empresas de juego profesionales existentes en Castilla y León, que vienen cumpliendo en el juego presencial con todas las obligaciones legales y tributarias, frente a las empresas actuales que actúan en juego remoto sin ninguna garantía ni control.

A ello la generación de puestos de trabajo de alta cualificación en el territorio de la comunidad, sobre todo asociado a las nuevas tecnologías y el incremento de recursos tributarios de la Administración de Castilla y León, ante la potencialidad de usuarios de habla castellana en todo el mundo, que se podrán dedicar a mejorar los servicios públicos autonómicos. El tipo tributario aplicable será del 10 por ciento de las cantidades que los usuarios dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios.

 
El decreto también establece la prohibición de jugar a las personas menores de 18 años, para lo que se exige el pago en el juego mediante la utilización de una cuenta electrónica o de una tarjeta bancaria securizada o tarjeta bancaria prepago. Por otro lado, imposibilita el acceso a los que lo tengan prohibido por estar en el Registro de personas con prohibición en Castilla y León. Es obligatorio que el interesado se registre antes de poder jugar, mediante contraseña personal, y habrá constancia expresa en el canal de los principales datos de identificación y aseguramiento de la empresa. También se garaniza en internet, acceso remoto al modelo de reclamaciones y la posibilidad del usuario de autolimitación mensual, semanal y diaria de cuantías máximas que jugar, además de la posibilidad de enlace directo a una web de una organización dedicada a usuarios con problemas de adicción y la imposibilidad empresarial de conceder préstamos o créditos a los usuarios.
 
Empresas que podrán obtener el permiso

Solo podrá realizarse el juego remoto por una empresa que obtenga los permisos de explotación y de comercialización de la Administración autonómica. La empresa debe surgir de la asociación, por subsectores de juego (casinos, bingos y máquinas de juego) de las empresas físicas o jurídicas de juego presencial ya autorizadas en Castilla y León. Se otorgará primero un permiso de explotación y, una vez implantadas las instalaciones, un permiso de comercialización, que permitirá operar en el mercado de manera efectiva.

 

Forma de acceder y jugar

- Las plataformas informáticas, telemáticas e interactivas de gestión de juegos deben asegurar la identidad y nacionalidad del usuario y, siendo nacional, que reside en Castilla y León.

- Al registrarse, el usuario crea su monedero virtual o bolsa de juego remoto, tanto para pagos como para cobros.
- La bolsa tiene un tope máximo de cuantía (1.999 euros).
- Si no se usa de ella en un año, la empresa lo devolverá automáticamente a la cuenta bancaria correspondiente.
- Si con el cobro de premios la bolsa excede de su tope máximo de cuantía el exceso será devuelto automáticamente a la cuenta bancaria correspondiente.
- Cuando un mismo usuario haya obtenido un premio individual o acumulado, de cuantía superior a 4.000 euros al día, 28.000 euros a la semana, 112.000 euros al mes, o 1.344.000 euros al año, se comunicará dicha circunstancia y la identificación del usuario a la Administración del Estado a los efectos de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

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