Mientras las administraciones plantean reducir sueldo y funciones a los profesores interinos, la Justicia estima todo lo contrario, instando a que se haga efectiva una reciente sentencia del Tribunal Europeo por la cual los docentes interinos tienen derecho a percibir la retribución por formación, el llamado sexenio, al igual que los funcionarios de carrera. Según el acuerdo marco aprobado por el consejo de ministros en 1991, esta ayuda se concede con el objetivo actualizar la formación del profesorado y mejorar así la calidad de la enseñanza.
 
La sentencia se publica a raíz de la denuncia que hizo una docente no universitaria que trabaja en un centro de enseñanza pública de Valladolid. La trabajadora solicitó el pago de los sexenios que le correspondían por el número de años de servicio prestado y por la formación recibida, desde diciembre de 2006, con la entrega de los intereses que conllevan. Pero la Dirección Provincial de Educación de Valladolid le negó la ayuda por ser funcionaria interina y no de carrera. 
 
La Justicia alega que los trabajadores interinos de la enseñanza pública de Castilla y León se hallan en situación comparable a la de los empleados de carrera. Considera que ambos ejercen funciones similares y tienen las mismas obligaciones, en particular en materia de formación permanente. Además, estima que no existe ninguna razón objetiva que pueda justificar la exclusión del pago. Considera que la naturaleza temporal del servicio que presta la trabajadora no puede constituir un motivo para no desembolsar el pago.

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