Manuales de instrucciones para los miembros de las mesas electorales el próximo 25 de mayo

 Manuales de instrucciones para los miembros de las mesas electorales el próximo 25 de mayo
Manuales de instrucciones para los miembros de las mesas electorales el próximo 25 de mayo
El Consejo de Ministros ha aprobado los manuales de instrucciones de los miembros de las mesas electorales que se utilizarán el día 25 de mayo de 2014 en las elecciones a diputados del Parlamento Europeo. Se han elaborado dos versiones del manual, la tradicional y una versión para las Mesas Administradas Electrónicamente. Esta última estará dotada de herramientas informáticas que servirán de apoyo a los miembros de las mesas electorales y en ella se recogen, además de las actuaciones propias de todo proceso electoral, las especificidades propias para este tipo de mesas.
 
Está previsto fabricar un total de 765.467 manuales (15 por mesa), incluyendo un remanente ante posibles sustituciones de los miembros de las mesas designados inicialmente. Para la impresión y distribución del manual se utilizan 84.000 euros procedentes de los recursos destinados en el presupuesto del Ministerio del Interior para elecciones a diputados del Parlamento Europeo.

En el manual tradicional se especifican todas las actuaciones a realizar antes, durante y después de la jornada electoral por los miembros de las mesas electorales, que se estructuran a estos efectos en varias fases ordenadas cronológicamente. Constitución de la mesa electoral. A las 8,00 horas se reunirán el presidente, los vocales y suplentes en el lugar indicado en la notificación de su designación, se recibirán las credenciales de los interventores de cada candidatura y se comprobarán los elementos materiales necesarios: urnas, cabinas, papeletas y sobres, que serán de color blanco, etcétera.). Una vez realizadas las operaciones anteriores, a las 8,30 horas se extenderá el acta de constitución de la mesa. Existirá una única urna, ya que sólo se van a celebrar elecciones para diputados del Parlamento Europeo.

Votación. La votación se realizará sin interrupción entre las 9,00 y las 20,00 horas. Los electores podrán identificarse con alguno de los siguientes documentos originales: documento nacional de identidad, permiso de conducir con fotografía o pasaporte con fotografía y tarjeta de residencia en los casos de los ciudadanos de la Unión Europea. Una vez que se ha comprobado la inscripción en el censo electoral, se procede a su anotación y a la introducción del sobre en la urna.

Finalización de la votación y escrutinio. Terminada la votación (a las 20,00 horas), comenzará el escrutinio. Finalizado el mismo, se cumplimentarán las actas del escrutinio y se harán públicas, y se extenderán las actas de la sesión, reseñando todos los incidentes ocurridos durante la votación o el escrutinio. Por último, el presidente entregará la documentación electoral al juzgado de primera instancia o de paz, dentro de cuya demarcación esté situada la mesa.

Manual para las mesas administradas electrónicamente

 
En el manual aplicable a este tipo de mesas figuran las actuaciones descritas anteriormente y, además, las especificidades propias. Se recogen las herramientas informáticas que se pondrán a disposición de los miembros de las mesas para realizar sus funciones (ordenador portátil con módem GPRS, lector de DNI electrónico, impresora y tarjeta SD con el censo correspondiente a la mesa electoral), así como la asistencia por parte de un representante de la Administración para el empleo de tales herramientas. El proceso electoral es idéntico al anteriormente descrito, si bien los miembros de las mesas electorales verán facilitadas sus funciones a través del empleo de estas herramientas informáticas, con algunas ventajas
 
La mesa comprobará la identidad de los votantes en el ordenador portátil, escribiendo el número del DNI o el primer apellido del votante, mediante cotejo con la lista del censo electoral incorporada previamente al ordenador a través de la tarjeta SD, en lugar de tener que identificar al votante en el listado en papel del censo. Los electores podrán identificarse usando su DNI electrónico, de tal manera que, al teclear el pin asociado a este DNI, se procederá automáticamente a la identificación del votante en la lista del censo Una vez identificados los votantes en la lista del censo y emitido su voto, se anotarán automáticamente en la lista numerada de votantes El representante de la administración podrá enviar información sobre avances de participación al centro de recogida de información de la administración gestora del proceso.

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