El 20 de noviembre de 1952, la Asamblea General de las Naciones Unidas se reunió con la sola idea de reafirmar los derechos universales de las niñas y los niños y que pudieran celebrarse en cada país del mundo. Por quinto año consecutivo, la Mesa de la Infancia de Salamanca, compuesta por las entidades Asociación TAS, Cáritas, Cruz Roja, YMCA y Movimiento Junior, desarrolló una actividad en la plaza de la Concordia. 

La actividad tenía dos objetivos: por un lado sensibilizar y reivindicar ante la población la Declaración Universal de los Derechos de los niños y las niñas, y por otro lado disfrutar de una jornada lúdica entre todas las personas que participen.

La jornada consistió en varios juegos distribuidos por la plaza para dos niveles diferentes de edad. Los juegos giraron en torno a cinco temas importantes: la educación, la paz, los espacios de juego, el medio ambiente saludable y la vivienda digna. Y concluyó con la grabación de un video corto en el que todas las niñas y los niños desplegarán el lema que la mesa de infancia ha elegido para este día ?con los derechos de la infancia no se juega?.

Desde la mesa de infancia proponen reflexionar y avanzar en situaciones en las que consideramos que hay mucho que mejorar: ofrecer la paz como valor y como recurso de relación y no la violencia gratuita, la educación inclusiva como estrategia formativa, un medio ambiente saludable y lleno de vida, lugares de encuentro y juego que les permitan desarrollar su personalidad desde la relación con sus iguales, una vivienda digna y adecuada para todos y todas, y rescatar la vecindad positiva como elemento educativo del día a día.

Extracto del preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño

?Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Convención sobre los Derechos del Niño y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad?.

?Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".

Los Estados partes en la Convención han decidido entre otros los siguientes artículos

Artículo 4: Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para dar efectividad a todos los derechos reconocidos en la CDN.
Artículo 27: Todo niño tiene derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado para su desarrollo y es responsabilidad primordial de padres y madres proporcionárselo. Es obligación del Estado adaptar medidas apropiadas para que dicha responsabilidad pueda ser asumida.
Artículo 28: Todo niño tiene derecho a la educación y es obligación del Estado asegurar por lo menos la educación primaria gratuita y obligatoria. 
Artículo 29: El Estado debe reconocer que la educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño, a fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcarle el respeto de los derechos humanos elementales y desarrollar su respeto por los valores culturales y nacionales propios y de civilizaciones distintas a la suya.
Artículo 31: El niño tiene derecho al esparcimiento, al juego y a participar en las actividades artísticas y culturales.

 

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