Las nuevas medidas en el sistema universitario aprobadas por el Consejo de Ministros se centran también en la estabilidad presupuestaria a las instituciones académicas, no sólo en el momento de elaborar el presupuesto sino también en la liquidació. Se establecerá así un sistema punitivo para aquellas universidades que incumplan, a cargo de las comunidades autónomas. Por eso, se impone la limitación de incorporación de personal de nuevo ingreso en las universidades, que deberán acomodarse a lo que al efecto disponga la normativa básica sobre oferta de empleo público.
 
Para el Ministerio, el profesor universitario tiene una doble función: la docente y la investigadora. Por ello se propone adaptar el régimen de dedicación según el profesorado tenga una especialización (docente e investigadora), como demuestra que sólo el 50% del mismo tenga reconocido un sexenio (tramo de investigación) vivo.
 
Aquellos funcionarios docentes sin sexenio en activo o vivo, ampliarán su dedicación máxima docente de 24 a 32 créditos al año. Los que mantengan los sexenios activos o vivos, seguirían en la misma situación de dedicación máxima, los 24 créditos anuales. Este grupo es el mayoritario dentro de la Universidad (más del 50%). Y aquellos que muestren excelencia en la investigación se especialicen en ésta, reduciendo su dedicación máxima docente a un máximo de 16 créditos. Esto último se acreditará mediante un sexenio de excelencia que se definirá en desarrollos normativos posteriores.

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