El Instituto Nacional de la Seguridad Social considera que en la mitad de las bajas por incapacidad temporal investigadas hay irregularidades. Por este motivo, el ministerio de Empleo introducirá cambios en la Ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. El objetivo es reducir el gasto en prestaciones por incapacidad temporal, de ahí que la nueva normativa exigirá a los facultativos de la Seguridad Social, tanto a los médicos de cabecera como a los especialistas, un informe razonado que justifique por qué rechazan un alta y, por tanto, deciden prolongar la baja de un trabajador.
 
Actualmente, los profesionales del Sistema Público de Salud deben pronunciarse en un plazo de quince días a la petición de las mutuas privadas sobre bajas de contingencia laboral por enfermedades comunes. Ahora, se pretende reducir a cinco días ese plazo para que los médicos de la Seguridad Social tomen una decisión. Las mutuas solo pueden dictaminar, al menos hasta ahora, altas en las bajas producidas por un accidente laboral o enfermedad profesional reconocida, por lo que necesitan la firma de un facultativo de la sanidad pública para conceder el alta a un paciente por una enfermedad común.
 
 

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