La Policía Local sanciona a seis conductores y cuatro pasajeros por no llevar el cinturón

 La Policía Local sanciona a seis conductores y cuatro pasajeros por no llevar el cinturón
La Policía Local sanciona a seis conductores y cuatro pasajeros por no llevar el cinturón
Más del 99% de los conductores salmantinos y el 96% de los pasajeros de los asientos delanteros utilizan el cinturón de seguridad cuando circulan por la capital, tal y como se desprende de los controles e inspecciones llevados a cabo por la Policía Local entre los días 10 y 16 de marzo. En cuanto a los ocupantes de los asientos traseros y menores de 12 años, lo llevan abrochado el cien por ciento.

En las inspecciones efectuadas por la Policía Local se controlaron 625 vehículos (488 turismos, 48 taxis, 24 autobuses y 65 vehículos de mercancías), siendo denunciados por no utilizar los cinturones de seguridad un total de seis conductores (todos ellos de turismos), cuatro pasajeros delanteros (sobre 97 controlados) y ningún ocupante  de plazas traseras (sobre 118 controlados, incluidos menores de 12 años). La cuantía de la sanción por no llevar abrochado el cinturón de seguridad es de 200 euros y lleva aparejada la pérdida de tres puntos. 

 
Su uso es obligatorio en ciudad
 
Mediante esta iniciativa, que se realiza en colaboración con la Dirección General de Tráfico, sin perjuicio de la vigilancia normal que se realiza durante todo el año, se pretende que todos los usuarios de los vehículos utilicen los dispositivos de seguridad homologados como medio eficaz de prevención de lesiones graves e incluso de muerte. Los estudios en materia de seguridad vial coinciden en aseverar que la utilización del cinturón y de los elementos de retención reduce de forma notoria las posibilidades de perder la vida o sufrir graves lesiones en un accidente de circulación, siendo su eficacia aun mayor cuando se transita a bajas velocidades, como suele ser el caso de la circulación urbana. El uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de protección infantil está regulado por los artículos 116 y 117 del Reglamento General de Circulación. 

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