El debate de los Presupuestos Generales del Estado para 2014 entra en su fase de presentación de enmiendas. Tras ser rechazadas las de la oposición, ahora el Partido Popular, formación en el Gobierno, introduce algunos cambios de cara a las cuentas del próximo año. Algunos afectan a las pensiones, sobre todo de las clases pasivas del Estado.
 
Los titulares de este tipo de pensiones podrán seguir cobrando los complementos a mínimos junto con otro ingreso, teniendo como único requisito que “la suma de éste con la cuantía de la pensión no supere la cifra resultante de sumar la cuantía mínima fijada para cada tipo de pensión y 7.080,73 euros anuales más”, según explica la enmienda del PP.
 
Están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado los funcionarios de carrera de carácter civil de la Administración del Estado, el personal militar de carrera, y el de las escalas de Complemento y Reserva Naval y el de tropa y marinería profesional que tuvieran adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, los funcionarios de carrera de la Administración de Justicia, los funcionarios de carrera de las Cortes Generales, los funcionarios de carrera de otros Órganos Constitucionales, los funcionarios de carrera transferidos a las diferentes Comunidades Autónomas y los funcionarios en prácticas pendientes de su incorporación definitiva al servicio del Estado. También los ex presidentes, vicepresidentes, ministros, secretarios de Estado y asimilados, y otros altos cargos constitucionales, los alumnos de las Academias y Escuelas Militares, el personal militar de empleo y el de las Escalas de Complemento y Reserva Naval y el de tropa y marinería profesional que no tenga adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, y los Registradores de la Propiedad.
 
Como regla general y común a todas las pensiones, es incompatible la percepción simultánea de más de tres pensiones ordinarias de Clases Pasivas de jubilación, viudedad, orfandad o en favor de los padres causadas por diferente persona. Asimismo, es incompatible la percepción simultánea de dos o más pensiones ordinarias de Clases Pasivas causadas en su favor o en el de sus familiares por la misma persona.

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