El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la convocatoria de becas generales para estudios postobligatorios durante el curso 2014-2015por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Ayudas a las que se sumarán las que se presupuesten por compensación a las universidades en los precios públicos por servicios académicos de becarios y para familias numerosas.

Becas que ya pueden solicitar los alumnos de Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas Deportivas, Enseñanzas Artísticas Superiores, Escuelas Oficiales de Idiomas y Programas de Cualificación Profesional Inicial. Los requisitos mantienen los límites de renta familiar, así como el cumplimiento de una determinada nota de acceso, introduciéndose sólo como novedad el porcentaje mínimo de créditos que los universitarios deben aprobar para renovar la beca en carreras técnicas, ingenierías y arquitecturas, del 50 al 40 por ciento.

Cabe recordar que en el acceso a la Universidad los estudiantes tendrán haber logrado una nota mínima de 5,5 puntos para optar a una beca de matrícula, 6,5 si es para ayudas complementarias. Todo ello teniendo en cuenta que se deben haber superado el total de créditos cursados durante el último año, excepto en Arquitectura e Ingeniería, donde el límite es el 85 por ciento.

Podrán ser beneficiarios de beca de matrícula los solicitantes que cursen enseñanzas universitarias. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2014-2015. El importe será el del precio público oficial que se fije en el curso 2014-2015 para los servicios académicos. No formarán parte de la beca de matrícula aquellos créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate. En el caso de los estudiantes de universidades privadas, la cuantía de esta beca será igual al precio mínimo establecido por la Comunidad Autónoma en la que el solicitante curse sus estudios para un estudio con la misma experimentalidad en una universidad pública de esa misma Comunidad Autónoma.
 
Deducciones de la renta familiar
 
Para poder ser tenidas en cuenta las deducciones que se indican en los párrafos siguientes, deberá acreditarse que las situaciones que dan derecho a la deducción concurrían a 31 de diciembre de 2013. Hallada la renta familiar a efectos de beca según lo establecido en los artículos anteriores, se aplicarán varias deducciones.
 
En primer lugar, el 50 por ciento de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales. También 525,00 euros por cada hermano, incluido el solicitante, que conviva en el domicilio familiar, cuando se trate de familias numerosas de categoría general y 800,00 euros para familias numerosas de categoría especial, siempre que tenga derecho a este beneficio. La deducción aplicable al solicitante universitario será de 2.000,00 euros cuando éste se encuentre afectado de una discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante el titular de la familia numerosa, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos que la compongan.
 
Por otro lado, 1.811,00 euros por cada hermano o hijo del solicitante o el propio solicitante que esté afectado de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y tres por ciento y 2.881,00 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al sesenta cinco por ciento. Cuando sea el propio solicitante universitario quien esté afectado por la discapacidad de grado igual o superior al sesenta y cinco por ciento, la deducción aplicable a dicho solicitante será de 4.000,00 euros.
 
Además, 1.176,00 euros por cada hermano del solicitante o el propio solicitante menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios. Finalmente, el 20% de la renta familiar cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.

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