En concreto, Cepyme explica que sube un 2% la base mínima de cotización para los autónomos. Es decir, se pasa de los 858,60 euros de base mínima a los 875,70 euros. Esto significa que la cuota mínima mensual de 256,72 euros sube a 261,83 euros. También que sube un 5% la base máxima de cotización, también para los autónomos, por lo que se eleva de 3.425,70 euros a los 3.597,00 euros. En cuanto a los autónomos societarios (que necesariamente deben de cotizar como tales por poseer un porcentaje significativo del capital de la empresa) y para los autónomos con más de 10 trabajadores, la base mínima de cotización se eleva hasta los 1.051,50 euros, por lo que la cotización mínima mensual sube desde los 256,72 euros a 313,34 euros; es decir, un dramático incremento del 22%.
También, continúa la confederación de las pymes, tanto empresas como autónomos y trabajadores cotizarán desde este mes de enero por conceptos hasta ahora excluidos, como son el plus de transporte, los cheques comida o determinados gastos de manutención, entre otros. Esta medida, que modifica el artículo 109.2 de la Ley General de la Seguridad Social, tiene también un claro objetivo recaudatorio, con el objeto de lograr la sostenibilidad del sistema.
Y finalmente, "la injustificada desaparición de los aplazamientos en los pagos de las retenciones del IRPF de trabajadores y profesionales (Modelo 111), tan importantes en muchos momentos del ejercicio para las pymes, debido a las frecuentes tensiones de tesorería que provoca la alta morosidad, fundamentalmente del sector público. Un nuevo perjuicio que, por el momento y muy lamentablemente, oscurece el posible impacto positivo del IVA de caja".
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios