El Consejo de Ministros dio este jueves el visto bueno al anteproyecto de Ley de Reforma del Código Penal, que entre otros aspectos modifica el de la esterilización forzosa de las personas con discapacidad y la terminología para referirse a estos ciudadanos, que ya no se considerarán "incapaces".
 
La reforma fija un nuevo concepto de "personas con discapacidad de especial protección" en el ámbito del Derecho Penal, lo que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) considera un "avance relevante", por tratarse de un enfoque "más nítido" de derechos humanos, de acuerdo con lo que ordena la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
 
El texto propuesto por el Gobierno, que en este aspecto coincide con el ya analizado por el Consejo de Ministros el pasado 14 de septiembre, reconduce a la vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas con discapacidad. Asimismo, el anteproyecto, que ahora deberán dictaminar los organismos competentes, señala que "la despenalización de la esterilización de las personas que carezcan de aptitud para dar su consentimiento se realizará bajo autorización judicial y en un proceso con las máximas garantías".
 
De esta forma, desaparece del Código Penal el concepto de discapacidad y solo en supuestos en los que el juez aprecie una absoluta falta de capacidad para dar el consentimiento correspondiente se podrá proceder a la esterilización forzosa. A juicio del Cermi, estas reformas del Código Penal "acercan la legislación punitiva española a los valores, principios y mandatos" del tratado internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de la Discapacidad, ratificado por España en 2008.

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