Sindicatos y patronal renuevan al acuerdo sobre mediación laboral tras casi seis años de negociaciones

 Sindicatos y patronal renuevan al acuerdo sobre mediación laboral tras casi seis años de negociaciones
Sindicatos y patronal renuevan al acuerdo sobre mediación laboral tras casi seis años de negociaciones

Con un retraso de casi seis años, esta semana ha sido ratificado por la patronal regional (Cecale) y los dos sindicatos mayoritarios (CCOO y UGT) el tercer Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales. Este paso ha sido determinante para la renovación del Servicio Regional de Relaciones Laborales (SERLA) y estará activo hasta el próximo 31 de diciembre de 2017.

Esta firma cierra una extensa negociación que, finalmente, ha permitido lograr un texto que incorpora novedades en la mediación y arbitraje de los conflictos colectivos y permite mantener una institución que ha dado muy buenos resultados para eludir la judicialización de los problemas laborales. Adjuntamos los documentos ratificados esta mañana. ?Va a ser el primer acuerdo del Estado que recoge lo relativo a los bloqueos de los convenios colectivos, herramienta básica para evitar el dumping o la competencia desleal entre empresas. Vamos a ganar tiempo y se producirá un ahorro económico muy importante a la hora de solventar estos procedimientos?, remarca Comisiones Obreras.

En materia de solución extrajudicial de conflictos, se adopta la incorporación expresa de los conflictos colectivos derivados de discrepancias en los procesos de inaplicación de condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, a los que se refiere el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.

También la inclusión de determinados conflictos de carácter individual en el sistema de solución extrajudicial de conflictos, mediante la aplicación a los mismos de los procedimientos de conciliación?mediación y arbitraje.

Las organizaciones firmantes estiman necesario, llegado el momento, ampliar este sistema de solución extrajudicial de conflictos laborales, para la solución de las controversias surgidas en el ámbito laboral de los empleados públicos. El presente apartado requerirá de un desarrollo reglamentario posterior por parte del comité paritario surgido del acuerdo.

En lo que se refiere al desarrollo de la negociación colectiva, el acuerdo contiene la ultraactividad de los convenios colectivos sectoriales durante un período de hasta doce meses más, en los supuestos de falta de acuerdo en el período de negociación de los mismos y  siempre  que se trate de convenios en los que no se hubiese pactado la vigencia ultraactiva y hubiera concluido la duración acordada.

También el establecimiento de un arbitraje, salvo que una de las partes manifieste expresamente su oposición al mismo, dos meses antes de la finalización de la vigencia ultraactiva, caso de no alcanzarse un acuerdo en los procesos de negociación de los convenios colectivos a los que se refiere el apartado anterior. 

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