La tarifa de Madrugadores y Tardes en el Cole se mantiene en 16 euros al mes

 Educación mantiene la tarifa de 16 euros al mes para los programas ‘Madrugadores’ y ‘Tardes en el cole’
Educación mantiene la tarifa de 16 euros al mes para los programas ‘Madrugadores’ y ‘Tardes en el cole’

El Programa ?Madrugadores?, puesto en marcha por la Consejería de Educación en el curso 2007-2008, se ha mantenido a lo largo de los años con el fin de facilitar la conciliación. Así, para el curso que comienza este lunes, la Junta de Castilla y León ha decidido mantener las mismas tarifas del curso pasado, cuando se redujeron de 26,22 euros a 16 mensuales por usuario para cada uno de los programas, independiente de los días y tiempo de utilización.

Al igual que el anterior curso, la Junta prevé la existencia de un precio/día de 3 euros de manera que aquellos usuarios que no son habituales, sino esporádicos, que así lo necesiten puedan abonar el servicio por los días concretos que hagan uso del mismo.

En ambos programas se establecerán bonificaciones y exenciones en el pago de la tarifa/mes aprobada. Estos beneficios serán de dos tipos: con independencia del umbral de renta familiar y condicionado a la capacidad económica. En lo que se refiere a las primeras, con independencia del umbral de renta, las familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50 % sobre el precio y las familias numerosas de categoría especial estarán exentas del pago. Tampoco pagarán cuantía alguna aquellos usuarios que acrediten ser una persona con discapacidad en los términos previstos en el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, así como las familias que sean víctimas de actos terroristas.

Con respecto a las bonificaciones y exenciones condicionadas a la capacidad económica de la unidad familiar, las familias con dos hijos usuarios del mismo programa tendrán una bonificación del 50 % en el precio del segundo hijo, las familias monoparentales con dos hijos estarán exentas del pago del precio por su segundo hijo que participe en los programas y tendrán una bonificación del 50 % en el precio del primero; también, atendiendo a la renta, tendrán bonificación del 50 % del precio las familias monoparentales con un hijo usuario. Por último, las víctimas de violencia de género estarán exentas del pago. 

De acuerdo con esta previsión, se han fijado unos umbrales de renta atendiendo al número de miembros que conforman la unidad familiar, por debajo de los cuales las familias serán beneficiarios de las bonificaciones y exenciones señaladas. Así, la base imponible de la unidad familiar, menos el mínimo personal y familiar, no superará los 17.959,20 en el caso de familias de dos miembros; 22.449 euros cuando la compongan tres miembros; 26.489,82 euros -cuatro miembros-; 30.081,66 euros -cinco miembros-; 33.224,52 euros -seis miembros- y 35.918,40 euros, cuando la unidad familiar esté compuesta por siete personas. A partir del octavo miembro, se añadirán 2.500 euros por cada miembro. Estos umbrales de renta son los mismos que en los dos cursos anteriores.

Horario de los programas 

El desarrollo de ambos programas de conciliación comenzará el primer día lectivo hasta el último del curso escolar 2016-2017. De esta forma, ?Madrugadores? que está previsto que se desarrolle en 295 colegios de Infantil y Primaria de Castilla y León, consiste en la ampliación del horario de apertura todos los días lectivos a partir de las 7:30 horas de la mañana, sin que su duración pueda superar los 90 minutos, y se dirige a los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.

Por su parte, ?Tardes en el Cole? comprende desde la finalización de las clases por las tardes en centros con jornada partida o la finalización de las actividades extraescolares en los centros con jornada continua, hasta un máximo de 60 minutos. Este programa también podrá desarrollarse en centros con jornada continua que no dispongan de comedor escolar cuando no se preste este servicio en el comedor de otro centro. 

En estos casos podrá ponerse en marcha desde que finaliza la actividad docente y con una duración máxima de 75 minutos y, durante los meses en que de acuerdo con el calendario escolar se haya aprobado una reducción de jornada, desde que terminan las clases y durante un máximo de 120 minutos, sin que la hora de finalización del programa excede las 15:15 horas. 

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