Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a Jazztel, Vodafone y Yoigo por cobrar o anunciar el cobro de 1 euro más IVA (1,21 euros) por emitir la factura física o de papel a los usuarios. La asociación pide a las autoridades de consumo que impongan las sanciones pertinentes a las compañías telefónicas que realicen esta práctica y advierte que la misma es abusiva y supone un atropello a los derechos de los consumidores.
 
Vodafone anuncia en su página web el cargo de la citada cantidad en concepto de "costes de impresión y de envío de la factura" en papel. La compañía telefónica Yoigo, a pesar de que actualmente no está cobrando este importe a sus clientes, sí indica ilegalmente en sus "Condiciones generales de la prestación de servicio telefónico móvil en modalidad de contrato" la posibilidad de comenzar a cobrarlo en cualquier momento, bajo el concepto de "factura detallada".
 
Por su parte, Jazztel ha indicado a sus clientes en la factura de este mes que "a partir del 21 de septiembre de 2013, el coste del Servicio de Envío de Factura en Papel para los clientes que o hayan solicitado o lo hagan a partir de este momento, será de 1euro/mes (1,21 euros con IVA, 1,07 euros con IGIC) en concepto de trámites de gestión".
 
La justificación que alegan estas compañías telefónicas es que la facturación física de los importes adeudados debe considerarse un servicio adicional y no un derecho reconocido, al interpretar que a día de hoy existe la posibilidad de recibirlas por medios electrónicos o telemáticos. Sin embargo, FACUA entiende que no se puede obligar al consumidor a poseer el servicio de comunicación electrónica para consultar sus facturas, ya que éstas son un documento que por derecho se debe recibir gratuitamente.
 
Facua ha presentado sus denuncias ante el Instituto Nacional de Consumo (INC) y las autoridades de protección al consumidor de varias comunidades autónomas para que emprendan las actuaciones pertinentes ante esta práctica abusiva que perjudica los derechos de los usuarios. La asociación recuerda que la factura tiene la función de acreditación del contrato que posee el usuario con la compañía, bien de celebración y términos del mismo, bien de su ejecución.
 
Así, la asociación advierte que tal y como recoge el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, "en los contratos con consumidores y usuarios se entregará recibo justificante, copia o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de contratación" y que "la formalización del contrato será gratuita para el consumidor, cuando legal o reglamentariamente deba documentarse éste por escrito".
 

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