Esta rebaja de módulos había sido solicitada por ASAJA en las negociaciones mantenidas con el ministerio de Agricultura en la Mesa de la Sequía y se suma a las medidas acordadas en dicha mesa y pendientes de aprobación.

Las reducciones de módulos aprobadas y publicadas hoy corresponden a determinadas producciones agrícolas y ganaderas que se vieron afectadas por circunstancias excepcionales, como climatología adversa, sequía o epidemias que  impidieron el normal funcionamiento de la actividad. Dichas reducciones que tendrán  aplicarse en la declaración de la Renta que se realiza en estos meses son las siguientes:

Producción    Módulo nuevo    Módulo anterior

Bovino de leche    0,16    0,32

Ovino y Caprino de leche    0,15    0,26

Bovino, ovino y caprino de carne extensivos    0,06    0,13

Bovino de cría extensivo    0,13    0,26

Apicultura (según Comunidades)    0,20    0,26

Frutos no cítricos: melocotón y nectarina    0,07    0,37

Productos hortícolas    0,16    0,26

También se aplicará 0,65 de índice corrector aplicable igual que en 2010 por piensos adquiridos a terceros. Hay que recordar que este índice fue hasta esa fecha ha sido del 0,75 para toda la ganadería salvo para porcino y avicultura, donde se aplicaba un 0,95.

Igualmente son destacables las reducciones de módulos para ciertos sectores y en determinados municipios de algunas comunidades autónomas, concretamente, en Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Valencia. A modo de ejemplo, el olivar baja de 0,32 a 0,22; el algodón de 0,37 a 0,26; los cereales de 0,26 a 0,09, la patata de 0,37 a 0,19 o la apicultura de 0,26 a 0,18 y las flores y plantas ornamentales de 0,37 a 0,05.

ASAJA valora la publicación de esta orden de reducción de módulos y solicita premura al Gobierno para que apruebe, cuanto antes, las medidas de financiación para el sector ganadero, principalmente, así como otras medidas de carácter fiscal que pasarían por la ampliación de la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos por el uso del gasóleo agrícola en los grupos electrógenos de las explotaciones agrarias.

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