Las asociaciones ganaderas tienden la mano a la Junta en pos de la flexibilidad en los parámetros sanitarios contra la tuberculosis bovina 

Piden que se piense en la viabilidad de las explotaciones al aplicar la normativa sanitaria

 Las asociaciones ganaderas tienden la mano a la Junta en pos de la flexibilidad en los parámetros sanitarios contra la tuberculosis bovina 
Las asociaciones ganaderas tienden la mano a la Junta en pos de la flexibilidad en los parámetros sanitarios contra la tuberculosis bovina 

Un total de 16 asociaciones ganaderas (Unión de Criadores de la raza Charolesa de España, Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Morucha, Asociación de Ganaderías de Lidia (A), Asociación de Ganaderos de Reses de Lidia (R), Asociación Nacional de Criadores de Charolés, Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Campesinos de Salamanca, Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Salamanca, Asaja Salamanca, Asociación Ganadera 19 de Abril, Unión de Campesinos de Castilla y León, Unión de Ganaderos de Vacas Nodrizas, Asociación Blonde Aquitania Castilla y León, Sociedad Cooperativa Vacuno de Salamanca, Asociación Vacuno de Calidad de Salamanca Ternera Charra,Asociación de Criadores de Pura Raza Limusina de Castilla y León y la Federación Española de Criadores de Limusín ) han hecho público este lunes su compromiso común para lograr que los parámetros de sanidad que se han de marcar en asuntos como la tuberculosis bovina tengan “cierta flexibilidad para el ganadero puesto que, aunque se ha avanzado en la lucha contra esta enfermedad, no se ha conseguido el resultado esperado y ha conllevado procedimientos infructuosos y desproporcionados durante más de 25 años de actuaciones sanitarias”.

Desde Asaja Salamanca, su presidente, Juan Luis Delgado, deja claro que la postura común de esta plataforma, que agrupa a asociaciones, colectivos y organizaciones agrarias, apuesta por el diálogo “para buscar soluciones en colaboración con la administración”. Deja claro, además, que el colectivo no tiene vinculación política alguna.

En esa misma línea, el El coordinador regional de la Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL), Juan Manuel González Palacín, puso el acento en el consenso que se busca tras dar este paso buscando “compatibilizar los intereses ganaderos y los de la administración”. Los problemas del saneamiento son “suficientemente graves como para tomar cartas en el asunto”, señaló al tiempo que deja claro que bajar la prevalencia de la tuberculosis por debajo del 1 % “tendría consecuencias graves”.

A juicio del máximo responsable de la Asociación de Ganaderos 19 de Abril, Juan Luis Martín Sevillano, “el fin no justifica los medios”. “La sanidad animal es muy importante pero hay que priorizar la viabilidad de las explotaciones sobre una prevalencia tan ajustada; una utopía a corto plazo”, advirtió. 

A ese respecto, el director general de la Asociación de Criadores de Vacuno Pura Raza Limusina, Francisco Javier García, puso de manifiesto que teniendo en cuenta que un positivo arruina una explotación, “la competitividad de las explotaciones ganaderas es más importante”.

Los colectivos unidos hacen hincapié en que las reiteradas actuaciones sanitarias, las restricciones de movimientos y el sacrificio de animales han suscitado un rechazo contra un procedimiento “infructuoso y desproporcionado”. Por ello, han acordado una serie de medidas encaminadas a conseguir la conciliación entre la sanidad y la producción animal en pro de la sostenibilidad y competitividad del sector ganadero. 

Postura común y propuestas

1.- El ganadero, parte fundamental del proceso, debe estar personalmente informado de todo lo que se realiza sobre sus ejemplares; la falta de información le provoca desconfianza sobre el procedimiento. Antes del inicio de la campaña de saneamiento de cada año, la Administración publicará e informará  de  manera  clara  y  detallada  a los  ganaderos  de  todos los pormenores para dicha campaña mediante el  módulo  ganadero y la página web  de  la Consejería de Agricultura y Ganadería. Además, en el momento que, en una explotación, haya un animal positivo en tuberculosis (bien sea en las pruebas  realizadas  en la explotación o en el matadero) el ganadero debe ser informado personalmente y por escrito de cuál será el procedimiento a seguir a partir de ese momento así como de las pruebas que se van a llevar a cabo para el chequeo de sus animales, plazos en los que se van a ejecutar, requisitos y períodos necesarios para poder recuperar la calificación sanitaria, etc.

2.- Las pruebas utilizadas no han obtenido el resultado esperado. Por lo tanto, puede ser útil la utilización de la Tuberculina Comparada (técnica aprobada en el Plan Nacional de Erradicación y contemplada su utilización para animales reaccionantes dudosos en la Directiva del Consejo de 26 de junio. Además, es necesario habilitar pruebas complementarias o alternativas (chequeo de anticuerpos de  tuberculosis en sangre, Tuberculina Comparada, Elisa) y promover toda la investigación que tenga utilidad para el diagnóstico y control de la enfermedad o para saber el contagio, etc. Es incuestionable que las dos pruebas utilizadas sistemáticamente en la campaña de saneamiento tienen una eficacia limitada. Por ello, existen resultados denominados ‘falsos positivos’ o ‘falsos negativos’; en este sentido, se deben buscar pruebas que obtengan mejores resultados. La utilización de Gamma Interferón solo será utilizada cuando el ganadero lo decida voluntariamente después de recibir toda la información al respecto de esta prueba.

3.- La calificación sanitaria, según las divisiones administrativas (comarcas, términos municipales…), no tiene soporte científico. La aplicación de los programas sanitarios debe hacerse en base a unidades epidemiológicas fundamentadas, considerada como tal la explotación y no a divisiones administrativas que nada tienen que ver con la realidad de las explotaciones ganaderas.

4.- Muchos ganaderos aglutinan diferentes códigos de reproducción o pastos y ceban agrupados todos sus terneros en otro código de cebo donde poseen sus instalaciones adecuadas; por ello, impedir el movimiento de estos animales provoca que sus explotaciones sean inviables y, además, no está justificado sanitariamente. Es imprescindible autorizar el movimiento de los ejemplares aunque sea con unas garantías o controles suplementarios.

5.- Cuando la explotación de un ganadero queda bloqueada al haber dado positivo en tuberculosis, se genera un grave problema y muchos de éstos profesionales venden sus terneros al destete; es decir, estos ejemplares no son cebados; así, para paliar esta dificultad se requiere el mantenimiento e impulso del  proyecto de cebaderos T. 1.

6.- Se solicita a aquellas explotaciones que hayan sacrificado animales positivos la autorización para la reposición con animales procedentes de explotaciones con garantías sanitarias y no obligarles a restituirlos con animales propios, pues se considera un riesgo sanitario y un deterioro de la calidad genética del rebaño al impedirse la selección.

7.- Se requiere desarrollar un plan de control de fauna silvestre, elaborado y ejecutado por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, con el objetivo de reducir drásticamente el censo de determinadas especies salvajes (jabalí, zorro, corzo, ciervo...) por los peligros que suponen para la seguridad vial,  para la sanidad animal y  por  los  cuantiosos  daños  que  provocan  en  los cultivos. Estas especies actúan como reservorios y transmisores de determinadas enfermedades, entre ellas la tuberculosis. Es absolutamente necesario el control de censos por la autoridad competente.

8.- Castilla y León es la única Comunidad Autónoma que obliga, tras el último saneamiento,  a los ganaderos que han dejado de tener positivos en tuberculosis a que comuniquen los ejemplares que van a sacrificar mayores de 24 meses a las unidades veterinarias. Esto supone demasiadas restricciones y burocracia a los ganaderos y resulta innecesario. Se propone su eliminación.

9.- No someter a pruebas de diagnóstico por tuberculosis a explotaciones que hayan adquirido animales durante los 12 meses previos a la aparición de animales positivos en la explotación de origen. 

10.- Los baremos de indemnización deben llegar al precio de mercado del animal sacrificado y debe tenerse en cuenta el lucro cesante que supone restricciones de movimiento ante la retirada de la calificación sanitaria.

 

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