Convocado el concurso abierto y permanente para funcionarios de Castilla y León

Se publicó en el BOCyL de este miércoles tanto la resolución de convocatoria como las tres resoluciones por las que se aprueban los correspondientes listados de puestos de trabajo que son objeto de oferta en el concurso

 La estabilización se suma a la oferta en otras comunidades
La estabilización se suma a la oferta en otras comunidades

Se ha publicado la Resolución de 11 de abril de 2019, de la Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se convoca concurso abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios de carrera en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos, así como otras tres Resoluciones de 12 de abril de 2018, por las que se aprueban los correspondientes listados de puestos de trabajo que son objeto de oferta en el concurso. La solicitud de participación deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del 17 de abril.

Las solicitudes de participación se presentarán de forma telemática en el Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, firmadas con certificado digital de persona física válido: Certificado digital de la FNMT o DNI electrónico con los certificados activados. Si no fuera posible presentar la solicitud de forma telemática, podrá presentarse en formato papel, a través de las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SOLICITUD:

  • La solicitud se presentará en el modelo que se publicará en la página web a través del Portal Personal del Empleado o en http://www.empleopublico.jcyl.es/. Sólo se admitirá la participación al concurso desde un Cuerpo, Escala o Especialidad. La solicitud debe expresar, además de los datos requeridos como obligatorios, los puestos a los que opta el concursante, por orden de preferencia. La petición de puestos se hará de manera individualizada, no siendo válidas las peticiones genéricas.
  • Los concursantes con alguna discapacidad podrán instar en su solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el contexto de la organización.
  • Petición condicional: En el supuesto de estar interesados en los puestos de una misma localidad que se anuncian en este concurso dos funcionarios que reúnan los requisitos exigidos y posean adscripción definitiva, por razones de convivencia familiar, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en la misma localidad, entendiéndose en caso contrario sin efecto las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán hacerlo constar en sus respectivas solicitudes.
  • Modificación de la solicitud: Una vez presentada la solicitud de participación, únicamente cabe su modificación mediante la presentación de nueva solicitud, que anulará la anterior, siguiendo el mismo procedimiento. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, sólo será válida la última presentada.
  • Desistimiento de la solicitud: En el plazo de un mes, a contar desde el día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los participantes en este concurso, salvo los que tengan el carácter de forzosos o hayan devenido en tal situación, podrán desistir en su totalidad de la solicitud presentada. También podrán formular el desistimiento total de su participación en el presente concurso los concursantes forzosos que en el mismo periodo hubieran obtenido destino definitivo en otro puesto del mismo Cuerpo desde el que concursen. En las peticiones condicionales, el desistimiento de uno de los interesados no afectará a la validez de la solicitud del otro, que continuará su tramitación ordinaria. El desistimiento presentado en tiempo y forma será aceptado de plano y sólo será revocable por el concursante dentro del plazo establecido para desistir.
  • Vigencia: Las solicitudes de participación válidamente presentadas decaerán con la resolución definitiva anual del concurso o, en su caso, con la aceptación de los desistimientos presentados.
  • La solicitud se acompañará de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:

Eléctronico:

Presencial:

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Desde 17 de abril de 2019 hasta 14 de mayo de 2019

Más Detalles:

La solicitud de participación deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día hábil siguiente a la publicación de la correspondiente oferta de puestos vacantes.

Además hay que tener en cuenta las siguientes fechas:
? PLAZAS OBJETO DE ADJUDICACIÓN: El listado de puestos objeto de oferta será aprobado mediante resolución del órgano convocante, la cual se publicará en el BOCyL, en el plazo máximo de 10 días, a contar desde el 12 de abril.
? REQUISITOS Y MÉRITOS: Los documentos acreditativos de los requisitos de participación así como los exigidos para el acceso a determinados puestos y de los méritos que no puedan aportarse junto con la solicitud, deberán presentarse en el plazo de 1 mes, a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
? DESISTIMIENTOS: En el plazo de un mes, a contar desde el día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los participantes en este concurso, salvo los que tengan el carácter de forzosos o hayan devenido en tal situación, podrán desistir en su totalidad de la solicitud presentada.

REQUISITOS:

Podrán participar en este concurso los funcionarios de carrera de los Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas pertenecientes a Cuerpos o Escalas similares, a puestos abiertos a otras administraciones.

Los requisitos establecidos se deberán cumplir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación y deberán mantenerse durante todo el procedimiento del concurso.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la puntuación obtenida por los concursantes, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de preferencia establecidos. En el caso de que el derecho de preferencia incida sobre más de un puesto, los funcionarios que pudieran ser postergados por el preferente serán aquellos que menor diferencial de puntuación, en méritos comunes a todos los puestos, guarden con los preferentes, resolviéndose los empates conforme a lo establecido en el apartado siguiente.

Los empates en la puntuación se resolverán acudiendo a la puntuación otorgada en los méritos, por el siguiente orden: méritos específicos, grado personal, permanencia en el puesto y antigüedad. Si persistiera el empate se recurrirá para deshacerlo a la fecha de ingreso como funcionario en el Cuerpo/Escala desde el que se concursa y, si fuera preciso, al número de orden obtenido en el proceso selectivo.

La puntuación mínima exigida para que puedan adjudicarse los puestos de trabajo convocados a los concursantes voluntarios será de 0,25 puntos. No obstante, no se exigirá puntuación mínima a los funcionarios que hayan sido nombrados en destino provisional y no hayan obtenido con posterioridad un puesto de trabajo definitivo. 

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