El delegado de la Junta explica a las asociaciones de turismo el nuevo decreto de alojamientos rurales

 El delegado de la Junta explica a las asociaciones de turismo el nuevo decreto de alojamientos rurales
El delegado de la Junta explica a las asociaciones de turismo el nuevo decreto de alojamientos rurales
El delegado territorial de la Junta, Alberto Castro, y la jefa del Servicio Territorial de Cultura, Pilar Alonso, se han reunido con los representantes de las asociaciones de turismo rural (AZATUR) y promoción turística (AZAMTUR) así como de AZEHOS, CEOE y la Cámara de Comercio de Zamora con el fin de informar el nuevo decreto de regulación de turismo rural que fue aprobado el pasado 28 de noviembre por el Consejo de Gobierno de la Junta.
 
Con dicho decreto, Castilla y León se convierte en la primera comunidad autónoma que regula los alojamientos de turismo rural por categorías. Una de las principales novedades de esta norma es la catalogación de los alojamientos de turismo rural como Casa rural, Hotel rural o Posada así como su categorización en cinco niveles distintos en función de sus instalaciones, equipamientos y servicios identificados con estrellas verdes. Con la nueva normativa se pretende promover la calidad del turismo rural en Castilla y León, favorecer el desarrollo del tejido turístico empresarial, elevar la confianza del cliente y reforzar sus derechos.
 
Actualmente, en Zamora existen 238 establecimientos de turismo rural, de los que 151 son casas rurales de alquiler, 16 casas rurales de alojamiento compartido, 56 centros de turismo rural y 15 posadas.
 
La categorización que recoge el decreto es la respuesta a un largo proceso de colaboración con el sector privado y a la coordinación con todas las comunidades autónomas, que se ha impulsado y coordinado desde Castilla y León y que supone un hito que jamás se había conseguido antes, además de una reivindicación histórica del propio sector y una condición indispensable para una adecuada comercialización e internacionalización del turismo rural.
 
Casa rural, Hotel rural y Posada
 
El decreto establece la capacidad máxima de la Casa rural en 16 plazas -hasta ahora era de 10 plazas-. El Hotel rural no tendrá capacidad mínima y la máxima será de 50 plazas. Las Posadas mantienen la no exigencia de límite cuantitativo derivada de la singularidad de estos inmuebles.
 
El régimen de explotación de las casas rurales será el de casa rural de alquiler completo, excluyendo el alquiler por habitaciones independientes. A partir de la entrada en vigor del decreto, no se podrán crear nuevas casas rurales cuyo régimen sea el de alojamiento compartido y, en todo caso, las casas de alojamiento compartido existentes hoy podrán seguir con la actividad hasta el cese del negocio.
 
Se establece un novedoso sistema de categorización específica para estos establecimientos en función de instalaciones, equipamientos y servicios ofertados que los clasifican en cinco categorías representadas por estrellas verdes. Todos los establecimientos de turismo rural existentes en la actualidad tienen que categorizarse presentando la correspondiente declaración responsable en el plazo de un año desde la entrada en vigor del decreto, tarea que podría llevarse a cabo por la vía ordinaria o a través del portal www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
 
Los centros de turismo rural dispondrán de un año para reconvertirse en hoteles rurales sin perjuicio de que puedan pasar a funcionar como casas rurales o posadas si cumplen los debidos requisitos.
 
Tal y como se contemplaba en la anterior normativa, los establecimientos de turismo rural estarán ubicados en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes y, de forma excepcional, podrán ubicarse en municipios de hasta 20.000 habitantes siempre y cuando sea en suelo calificado como rústico.
 
Sistema de categorización
 
El sistema de categorización es una de las novedades más destacables del texto y se basa en la autoevaluación que hacen los titulares de instalaciones, equipamientos y servicios del establecimiento. Respecto a las casas rurales, la autoevaluación comprende siete áreas con sus correspondientes criterios y diez en el caso de hoteles rurales y posadas. Cada establecimiento deberá obtener una puntuación por área como resultado de los puntos obtenidos en todos los criterios en función de unos valores asignados. Según el total de puntos obtenidos, se asignará un número de estrellas verdes.
 
Cada titular es responsable del cumplimiento de la normativa lo que no impide que la Administración prevea también un sistema de inspección y comprobación para analizar si los datos declarados se ajustan a la legalidad.
 
Las áreas mediante las que se lleva a cabo la autoevaluación, dentro de las cuales existe una serie de criterios también evaluables, son el entorno y la situación, la estructura y el acondicionamiento, el equipamiento interior y exterior, el trato con el cliente y los servicios, el respeto al medio ambiente y la sostenibilidad, la seguridad y la accesibilidad y, por último, la gestión de la calidad. A estas siete áreas se suman otras tres en el caso de los hoteles rurales y las posadas: restauración, actividades adicionales y/o corporativas y servicios adicionales.
 
Ventajas de la homogeneización
 
El nuevo marco normativo presenta criterios de homogeneización que llevarán aparejadas importantes ventajas como la mejora de la comercialización ordinaria y on line, una mayor claridad en los operadores turísticos, la conformación de paquetes turísticos, la internacionalización del turismo rural gracias a un producto identificable y reconocible, el aumento de la confianza del cliente, un turismo de calidad y el refuerzo de los derechos de los clientes.
 
La propuesta de homogeneización en la regulación del turismo rural ha sido recogida en el Plan Nacional Integral de Turismo 2012-2015, en el que se contempla la necesidad de aproximar las legislaciones autonómicas en esa materia; una propuesta que es compartida por todas las comunidades.
 

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