La Gerencia del Hospital General de Segovia permite fumar, las 24 horas del día desde el pasado 2 de enero de 2011, en sus tres puertas, la principal, consultas externas y urgencias, como evidencian las fotografías, y los ceniceros que el propio hospital instaló en las mismas. La prohibición es efectiva desde el 2 de enero de 2011 pudiéndose enfrentar a sanciones de hasta 100.000 euros. La nueva ley prohíbe fumar en todos los espacios, incluso los que están al aire libre o cubiertos dentro de los recintos, pero además especifica que esa prohibición es extensiva a los centros de salud y a todos los establecimientos o servicios sanitarios.

Ni la Policía Local de Segovia, ni los vigilantes privados del hospital hacen nada para evitarlo. 

Nuestra redacción se comprome desde este momento, en beneficio de todos los ciudadanos que visitamos el Hospital General de Segovia, a llamar a la Policía Local en el momento en que detectemos que se fuma en cualquier puerta del recinto hospitalario. La medida la pondremos en marcha desde el 1 de mayo para dar tiempo a la gerencia del Hospital a tomar las medidas oportunas, como la retirada de los ceniceros de las puertas.

Proporcionamos, al final de esta noticia, una serie de enlaces de interés a la gerencia del Complejo Hospitalario.

Hay que recordar que la nueva ley antitabaco, que ya es efectiva desde el 2 de enero de 2011, prohibe fumar en el exterior de los hospitales y recintos educativos, incluidos patios y parques infantiles, al igual que sucede en Francia.

Las inmediaciones de los centros hospitalarios se convierten a diario en punto de encuentro de fumadores. Ahora, los carteles de prohibido fumar que vemos colgados de los pasillos de los hospitales se ven también en el exterior de los mismos.

En general, está prohibido fumar en todo sitio cerrado compartido . Solo se puede fumar en las habitaciones de hoteles, hostales o pensiones que hayan sido específicamente reservadas para ello.

En cuanto a los recintos "lúdicos", no se puede fumar en casinos, discotecas o salas de fiestas, aunque sean fiestas privadas, como bodas, bautizos, comuniones o reuniones de empresa, porque hay camareros trabajando en ellos, y la ley en este caso lo que busca es proteger a los trabajadores del humo del tabaco.

Si en un local hay hay gente fumando, el responsable de que se cumpla la ley es el dueño del establecimiento. Si este no hace nada, los afectados pueden bien rellenar una hoja de reclamaciones y presentarla en una oficina de información al consumidor, o directamente llamar a la Policía Municipal.

En cuanto a las zonas al aire libre, no se puede fumar, por ejemplo, en los patios de los recintos educativos, a la entrada de los mismos, en ningún centro sanitario y en los parques marcados como zonas infantiles. En el resto, como jardines, instalaciones deportivas al aire libre, campus universitarios y las playas, si se puede fumar. También se puede fumar en las zonas al descubierto de plazas de toros y 

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído