La Junta aprueba el Proyecto que modifica la Ley de Cooperativas para agilizar el funcionamiento de las sociedades de economía social

El Consejo de Gobierno ha aprobado el anteproyecto de Ley redactado por la Consejería de Empleo para la modificación de la Ley de Cooperativas que se remitirá de forma inmediata para su debate por los grupos parlamentarios en las Cortes de Castilla y León. El Proyecto de Ley, que cuenta con toda la tramitación previa antes de su aprobación, es un documento que modifica la Ley de Cooperativas en vigor desde el año 2002

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La Consejería de Empleo ha sometido el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Cooperativas a la aprobación del Consejo de Gobierno. Una vez aprobado, el ya Proyecto de Ley será remitido a las Cortes de Castilla y León para ser debatido por los grupos parlamentarios para modificar la Ley de Cooperativas en vigor, que fue aprobada en abril de 2002.

El pasado mes de abril el Consejero de Empleo, Carlos Fernández Carriedo informó al Consejo de Gobierno del inicio de los trámites previos a la aprobación del anteproyecto de ley que ha llevado a un proceso de participación de la ciudadanía de la Comunidad, a través de la publicación en Gobierno Abierto del texto, que ha recogido las aportaciones de la sociedad de Castilla y León. Además el texto se ha sometido a información pública en el BOCYL, y se ha remitido a las entidades y organizaciones representativas del cooperativismo. Posteriormente, tras los informes de las distintas consejerías y delegaciones territoriales, se trasladó el documento al Consejo Regional de Economía Social de Castilla y León el pasado 15 de junio.

Finalmente, tras los informes de la Dirección General de Presupuestos y Estadística, del Consejo Económico y Social, de la Dirección de los Servicios Jurídicos y del Consejo Consultivo de Castilla y León, se ha procedido a su aprobación por el Consejo de Gobierno para tramitar el Proyecto de Ley en las Cortes de Castilla y León para su debate y aprobación.

Modificaciones de la Ley de Cooperativas

El proyecto presentado tiene como objetivo simplificar y agilizar el funcionamiento de las cooperativas, adaptándose a los sistemas de gestión electrónica y a las nuevas fórmulas de cooperativismo. De esta forma las principales modificaciones corresponden a la ampliación del capital social mínimo general a 3.000 euros, anteriormente eran 2.000 euros, y a la reducción a dos, anteriormente eran tres, el número mínimo de socios trabajadores en las cooperativas de trabajo con el objetivo de adaptarlos a la realidad de estas sociedades cooperativas.

Además se simplifican los trámites poniendo en marcha la legalización electrónica de los libros obligatorios y su presentación de las cuentas anuales a través de redes de comunicación. De esta forma se elimina la perforación de los libros para ser entregados y sobre ellos inscribir cuentas y anotaciones.

Se establece el silencio positivo respecto a trámites administrativos fundamentales como la calificación previa de los estatutos y la inscripción de la cooperativa en el Registro de Cooperativas de Castilla y León; se regula un nuevo tipo de socio, el socio de servicios, definido como aquel que sin participar en la actividad principal de la cooperativa, puede participar en otras accesorias o no principales de ésta.

Se introduce la posibilidad de convocar la Asamblea General de la cooperativa por medios electrónicos, e incluso la obligación de la publicación en su página web si dispone de ella en el caso de que ésta tenga un número superior a 500 socios. Asimismo se clarifican los límites tanto de voto, 33%, como de aportaciones, 45%, a realizar por los socios colaboradores, de servicios, inactivos y temporales.

Con el objetivo de proteger la Cooperativa, en determinados supuestos en los que ésta ha realizado importantes inversiones, se establece la posibilidad de concretar estatutariamente un período mayor para que los socios puedan darse de baja. Igualmente se define un procedimiento muy simple de disolución, liquidación y extinción para determinados supuestos con una única escritura pública.

Respecto de las cooperativas de trabajo, se amplía al 50 % el número de horas al año que pueden realizar los trabajadores de la cooperativa respecto a los socios trabajadores. Para cooperativas de trabajo con más de 25 trabajadores y en determinados supuestos, los estatutos o el Reglamento de régimen interno aprobados en la Asamblea General preverán la protección social de los socios en caso de no cobertura total o parcial por el sistema de protección público.

Se sustituye la denominación de cooperativas agrarias por la de agroalimentarias, ampliándose el tipo de actividades que pueden realizar estas cooperativas. En cuanto a las cooperativas de viviendas, se establece un número mínimo de socios sobre los previstos totales para la toma de determinadas decisiones y se incorpora la figura de los gestores profesionales de cooperativas.

Por último se puede destacar que se introduce la Cooperativa Integral que se define como aquella cuya actividad cooperativizada es plural, cumpliendo las finalidades propias de diferentes clases de cooperativas en una única.

Cooperativas en Castilla y León

Existen en la Comunidad un total de 2.102 Cooperativas registradas a finales de septiembre, de las cuales 570 son agrarias, 548 de explotación comunitaria de la tierra, 635 de trabajo, 237 de vivienda, 34 de segundo grado, aquellas constituidas por al menos otras dos cooperativas del mismo objeto, 30 de Servicios, 20 de transporte, 18 de consumidores y usuarios, 9 de enseñanza y una de crédito. Las cooperativas en Castilla y León generan 10.740 empleos, según del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, correspondientes al tercer trimestre de las altas asociadas a cuentas de cotización de cooperativas.

Por último la Consejería de Empleo constituyó, en octubre de 2016, el Consejo Regional de Economía Social de Castilla y León, y dentro del mismo, la Comisión Especial en Materia de Cooperativismo. El Consejo es el encargado de velar para que el funcionamiento de las sociedades cooperativas se adecue a los principios propios de este sector, así como a la legislación autonómica. Emite informe en cuantos expedientes se tramiten en materia de descalificación de sociedades cooperativas, y en concreto, sobre la procedencia de la disolución y liquidación de aquellas en los supuestos en que legalmente se establezcan. Asimismo promueve la educación y formación cooperativa en los distintos niveles del sistema educativo, e impulsa y coordina la participación de las asociaciones de cooperativas de Castilla y León en otros órganos consultivos de la Comunidad.

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