Se trata del primer fallo judicial favorable de este tipo en Castilla y León. El recurrente es un profesor de Tecnología del IES León Felipe de Benavente, quien pidió el permiso de lactancia, y que la Dirección Provincial de Educación de Zamora rechazó el 3 de mayo de 2013, con el argumento de que la madre no trabajaba.
 
El fallo de la magistrada, dictado el pasado 30 de abril, contempla el permiso de lactancia como un derecho del padre, independientemente de que la madre esté o no trabajando.
 
La resolución, en su argumentación, separa la lactancia del acto biológico de dar el pecho, dado que existe tecnología que lo permite, entendiendo la lactancia como un tiempo de cuidado del hijo, y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral, independientemente del género del progenitor. “La denegación de este permiso de lactancia evidencia dos discriminaciones. Una es que el padre no recibe el mismo trato, en cuanto a los derechos y deberes del cuidado de los hijos, y la segunda, que se veta, a la madre, la igualdad de trato en el acceso y promoción laboral y académica”, según la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F). “Este es el primer fallo favorable en Castilla y León que reconoce el derecho de la lactancia a un padre, cuando la madre no trabaja. No obstante, otros tribunales españoles y de la Unión Europea ya han sentenciado a favor, en este tipo de situaciones”, añade.
 
En este contexto, los responsables de CSI-F destacan las resoluciones “en las que prevalecen las directrices europeas sobre la igualdad entre los hombres y las mujeres” y por las que hay que interpretar y considerar el permiso de lactancia como un derecho del padre, independientemente de que la madre esté o no trabajando, “y a pesar de que la norma laboral española actual condicione el disfrute del permiso de lactancia a que los dos progenitores trabajen”.
 
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Zamora, que también alude a  la normativa europea para justificar su fallo, “insta a erradicar de nuestro ordenamiento normas o interpretaciones de las normas que puedan suponer la consolidación de una división sexista de papeles en las responsabilidades familiares, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española”, insiste CSI-F.
 
De todos modos, aún cabe recurso de la Junta de Castilla y León ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valladolid. Eso sí, el sindicato independiente que ha presentado el recurso contencioso-administrativo, espera que “la administración decida no presentar el recurso ante el TSJ, y reconozca finalmente este derecho sin ambigüedades para todos los trabajadores”.
 
Aunque la sentencia ya no llega a tiempo “para que el profesor y su familia la puedan disfrutar”, CSI-F confía en que “sí puedan beneficiarse los futuros padres de Castilla y León”. La juez solicita una indemnización económica para el recurrente, por las horas que no ha disfrutado, por la denegación del permiso.
 
Este fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora, es consecuencia del recurso contencioso-administrativo presentado contra la resolución desestimatoria, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto, por el profesor afectado, contra la decisión tomada por la Dirección Provincial de Educación de Zamora el pasado 3 de mayo de 2013, “que denegó el permiso de lactancia al profesor y padre del bebé, porque la madre estaba sin trabajo”, concluyen las mismas fuentes.

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