El Tribunal Supremo condena a Sacyl por un retraso de diagnóstico y tratamiento de un paciente que falleció por un cáncer de vejiga

La aseguradora deberá pagar 25.000 euros a la viuda del paciente y otros 30.000 a sus hijos por "mala praxis médica"

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Ambulancia del Sacyl. Foto de archivo
Ambulancia del Sacyl. Foto de archivo

El Tribunal Supremo ha condenado a la aseguradora de Sacyl al pago de 55.000 euros a la familia de un paciente de 72 años que falleció en 2017 por “mala praxis médica” tras un retraso de diagnóstico y tratamiento de un cáncer de vejiga. La aseguradora deberá pagar 25.000 euros a la esposa del paciente y 15.000 a cada uno de los hijos. 

Según recoge la sentencia, el paciente, fue diagnosticado y tratado de cáncer de vejiga, en el Hospital Santos Reyes de Aranda de Duero (Burgos) y en el Hospital Universitario de Burgos. Sin embargo, debido a las largas listas de espera, hubo un “retraso muy importante en el diagnóstico y tratamiento”, “favoreciendo la extensión y progresión de la enfermedad que le condujo al fallecimiento”.

El paciente fue diagnosticado de una lesión vesical compatible con cáncer el 17 de noviembre de 2016, que se confirmó en enero de 2017 con una biopsia, y fue operado vía privada en abril de 2017, y tras diversas complicaciones falleció en noviembre de 2017. 

La familia del paciente presentó en octubre de 2017 un recurso frente a la Administración, donde señalaban que “se podía haber evitado en parte la evolución de la enfermedad si se hubiera actuado mejor tanto en tiempo, como en la forma de actuación”. “Al no haber actuado así, ello ha supuesto un perjuicio severo en la salud del paciente, mermando las posibilidades de superación de la patología oncológica evolutiva acaecida”, recoge la sentencia. La defensa del caso fue tramitada por el letrado Antonio Navarro Rubio, especialista en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

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